III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-7560)
Resolución de 17 de marzo de 2024, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con la Agencia Gallega de Emergencias, sobre comunicación bilateral, información mutua y elaboración de protocolos de actuación conjunta en materia de emergencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 42785

la Administración Pública competente para la prestación material de la asistencia
requerida en cada caso.
Segunda.

Comunicación de incidencias.

La Autoridad Portuaria pondrá en conocimiento de la AXEGA a través del CIAE 112
Galicia, de acuerdo con los procedimientos de actuación que se elaboren, por los medios
de comunicación acordados y con la máxima prioridad posible los accidentes/incidentes
que se produzcan y/o afecten a sus instalaciones y que requieran servicios externos de
atención sanitaria, seguridad ciudadana, protección civil, extinción de incendios y
salvamento, etc., cualquier que sea la Administración Pública competente para la
prestación material de la asistencia requerida en cada caso.
Tercera.

Información cartográfica.

La AXEGA a través del CIAE 112 Galicia y la Autoridad Portuaria de A Coruña
intercambiarán la información cartográfica de la que disponen, siempre y cuando sea
necesaria para el cumplimiento del presente convenio, así como las Declaraciones
Simplificadas de Seguridad Industrial de las distintas concesiones y autorizaciones que
son integradas en los PAUs del puerto interior y del puerto exterior, así como de la
relación de medios y recursos disponibles para atender a las emergencias.
Cuarta. Información sobre emergencias.
La AXEGA a través del CIAE 112 Galicia informará a la Autoridad Portuaria de todos
los accidentes/incidentes de los que tenga conocimiento y que se hayan producido en
sus instalaciones, así como de los requerimientos de asistencia que hayan cursado a las
Administraciones Públicas que en cada caso resulten competentes, para la prestación
material de la asistencia requerida. Del mismo modo enviará las alertas que se declaren
en el territorio de Galicia, con los informes de predicción meteorológica oficiales
elaborados por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) y los informes que con
carácter complementario elabore METEOGALICIA a efectos de consulta.
Quinta. Emergencias de carácter extraordinario.

Sexta. Disponibilidad.
Las comunicaciones entre la AXEGA a través del CIAE 112 Galicia y Autoridad
Portuaria de A Coruña deberán poder realizarse las 24 horas/365 días al año y se
efectuarán por los interlocutores designados a tal efecto por ambas partes.

cve: BOE-A-2024-7560
Verificable en https://www.boe.es

En el supuesto de emergencias que por su especial extensión o intensidad sean
particularmente graves, la Autoridad Portuaria de A Coruña pondrá los medios humanos
y materiales necesarios, que seguirán bajo su propia dirección, para solventar las
incidencias que se produzcan dentro de su campo de actuación, en los términos y
condiciones definidas en sus planes de autoprotección y en los protocolos que se
suscriban por ambas partes, comunicando la AXEGA a través del CIAE 112 Galicia
dichas actuaciones. En caso de que por causa de la naturaleza de la emergencia fuera
necesario activar algún plan de protección civil a responsabilidad y la dirección de la
emergencia pasará a ejercerla el director del Plan que sea activado manteniendo una
coordinación e información continua con el director del PAU de la Autoridad Portuaria
de A Coruña.
La Autoridad Portuaria, así mismo, podrá formar parte del operativo que se
constituya para hacer frente a este tipo de emergencias.