III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-7582)
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Secretaría General de Inclusión, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 42894

inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
tiene por objeto:
La adaptación del anexo I del convenio a la resolución de autorización para realizar
modificaciones en el proyecto basadas en la aparición de circunstancias que han alterado y/o
dificultado el desarrollo del programa, y han afectado a la forma y plazos de ejecución.
Segunda.

Modificación del convenio.

a) El contenido del segundo párrafo relativo a las fases del itinerario del apartado 5
(Descripción de los tratamientos) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la
subvención», queda redactado del modo siguiente:
«El itinerario de las familias se desarrollará en tres fases:
1.

Fase Inicial:

– Acogida de la familia seleccionada por parte del Equipo de Acompañamiento
Familiar ubicado en los servicios sociales comunitarios.
– Realización de sesiones de trabajo con la familia para la elaboración participada
de su diagnóstico familiar a través de entrevistas y del intercambio de información con
otros servicios públicos, con especial incidencia en los educativos y en los de salud.
– Elaboración del itinerario de inclusión sociofamiliar y trabajo de mediación con la
familia para la aceptación y firma del itinerario.
2. Fase de desarrollo del itinerario de inclusión sociofamiliar.
3. Fase de evaluación final.»
b) El contenido de los dos primeros párrafos de la línea de intervención «Línea 1B»
del apartado 5 (Descripción de los tratamientos) del anexo I «Descripción del proyecto
objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:
«Línea 1B. Participación de las familias en acciones grupales, coordinadas y
supervisadas por el Equipo de Acompañamiento Familiar, y realizados por dicho equipo
o bien por la entidad del tercer sector subcontratada por la corporación local.
Las actividades previstas se desarrollarán mediante talleres grupales que incidirán en
el desarrollo de las competencias familiares que serán impartidos por los equipos
técnicos de las Entidades Locales y/o la Entidad del Tercer Sector subcontratada en
cada Zona Desfavorecida.»
c) El contenido del segundo párrafo de la línea de intervención «Línea 2B» del
apartado 5 (Descripción de los tratamientos) del anexo I «Descripción del proyecto objeto
de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

d) El contenido de la línea de intervención «Línea 4» y siguientes párrafos finales
del apartado 5 (Descripción de los tratamientos) del anexo I «Descripción del proyecto
objeto de la subvención», quedan redactados del modo siguiente:
«Línea 4. Mejorar la coordinación en la acción tutorial.
Esta línea comprenderá el trabajo entre los centros educativos y equipos de
acompañamiento familiar.

cve: BOE-A-2024-7582
Verificable en https://www.boe.es

«Los talleres se diseñarán en base a grupos de edad determinados por las
características de desarrollo cognitivo de las personas menores, o según las
necesidades y la adaptación metodológica de las actuaciones. Estos talleres serán
impartidos por los profesionales contratados por las Entidades Locales y/o por las
Entidades del Tercer Sector subcontratadas por dichas corporaciones locales.»