I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de la Guardia Civil. (BOE-A-2024-7480)
Orden PJC/325/2024, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

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test de aptitudes intelectuales de la prueba psicotécnica de acuerdo con los
procedimientos que se establezcan en la convocatoria.
2. La calificación de la fase de concurso se obtendrá de acuerdo con lo establecido
en la normativa de evaluaciones y ascensos en la Guardia Civil.
3. La calificación final del proceso selectivo se obtendrá teniendo en cuenta las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. La incidencia de
cada una de las fases en el proceso selectivo, será la establecida en la normativa que
regula las evaluaciones y ascensos en la Guardia Civil.
Artículo 12. Selección del personal aspirante y publicación de quienes sean
seleccionados.
1. El personal aspirante que haya superado el proceso selectivo conforme a los
criterios establecidos en esta orden y en la convocatoria correspondiente, será ordenado
de mayor a menor puntuación final obtenida, de acuerdo con lo establecido en el artículo
anterior.
2. El órgano de selección hará pública la relación de quienes resulten
seleccionados, no pudiéndose declarar admitidos al curso a un número superior al de
plazas convocadas.
3. En caso de igualdad, tendrá prioridad, en primer lugar, el que hubiere obtenido
mayor puntuación en la prueba de conocimientos profesionales y, en caso de persistir el
empate, el que tenga número inferior en el escalafón.
4. La publicación del personal seleccionado una vez finalizado el proceso selectivo
se realizará en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».
Artículo 13. Promoción de la igualdad, conciliación y corresponsabilidad.
Las medidas de promoción de la igualdad y de conciliación y corresponsabilidad
serán las reguladas en la legislación vigente sobre la ordenación de la enseñanza en la
Guardia Civil.
Artículo 14.

Renuncias y aplazamientos.

1. Los aplazamientos y renuncias al curso se regirán por lo establecido en la
normativa vigente de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.
2. Las plazas que queden sin cubrir por motivos de renuncias o aplazamientos al
curso se reasignarán a los que corresponda, según el orden resultante del concursooposición, y de acuerdo con el artículo 51.2 del Reglamento.
Artículo 15. Aprobación del plan de estudios.
Se aprueba el plan de estudios para el curso de capacitación para el ascenso al
empleo de Cabo de la Guardia Civil, incluido en el anexo, con una duración de 340 horas
y la siguiente distribución:

cve: BOE-A-2024-7480
Verificable en https://www.boe.es

a) Fase no presencial: 90 horas.
b) Fase presencial: 190 horas.
c) Periodo de prácticas: 60 horas.