III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE-A-2024-7249)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de febrero de 2024, por el que se establecen las condiciones generales de ejecución y los términos financieros para la implementación de las facilidades gestionadas por el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y/o Axis Participaciones Empresariales SGEICC, SA, S.M.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de abril de 2024

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6. Autorizar a ICO a cargar en el Fondo de Provisión previsto en el Real Decretoley 12/1995, de 28 de octubre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria,
tributaria y financiera los costes financieros y gastos de gestión y administración de
asistencias técnicas y desarrollos tecnológicos necesarios para la instrumentación de
cada facilidad.
En caso de que los recursos del Fondo de Provisión se prevean insuficientes para
hacer frente a estos costes y gastos, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18
y 19 de los estatutos del ICO, éste propondrá al Ministro de Economía, Comercio y
Empresa la distribución de sus beneficios de forma que pueda reponerse el referido
Fondo de Provisión para hacer frente a los costes y gastos referidos en el párrafo
anterior en los que hubiese incurrido en la gestión de estas facilidades. Si a pesar de la
propuesta de distribución de beneficios el importe de los recursos existentes en el Fondo
de Provisión no resultase suficiente para la cobertura de estos costes y gastos, la
Entidad Decisora de la facilidad deberá dotar la correspondiente partida presupuestaria
hasta su íntegra reposición.
En todo caso, cada Entidad Decisora deberá prever en sus respectivos convenios al
menos la dotación presupuestaria equivalente al 0,25 % (25 puntos básicos) por la gestión
administrativa de cada facilidad, calculado sobre el importe formalizado en cada ejercicio.
Facultar al ICO para que, en el ámbito de sus competencias, a través de sus órganos
competentes y en coordinación con las entidades decisoras, resuelva cuantas
incidencias prácticas pudiesen plantearse para la ejecución de los presentes acuerdos y
durante toda la vigencia de las operaciones. En aquellas cuestiones que puedan tener
implicaciones presupuestarias o para su equilibrio financiero, el Instituto de Crédito
Oficial podrá hacer las propuestas correspondientes a la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos para su consideración.
ANEXO I
Entidades decisoras y condiciones generales de las facilidades gestionadas
por el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y/o Axis Participaciones Empresariales
SGEICC, SA, S.M.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia
Las condiciones generales previstas en este anexo deberán desarrollarse en los
convenios a acordar entre las entidades decisoras y ejecutoras de cada facilidad en
función de los términos acordados con la Comisión Europea en la Decisión de ejecución
del Consejo.
1. Entidades decisoras correspondiente a cada Facilidad
Las entidades decisoras de las facilidades gestionadas por ICO y Axis serán las
siguientes:
– Facilidad ICO Verde: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa a través de la
Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, 22.000 millones de euros,
Componente 13, Inversión 6.
– Facilidad ICO Empresas y Emprendedores: Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa a través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, 8.150
millones de euros, de los que 150 corresponde al PERTE de la Lengua y 1.000. millones
para el sector turístico. Componente 13, Inversión 6.
– Fondo Next Tech: Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial; 4.000
millones de euros, Componente 13 Inversión 7.
– Facilidad Audiovisual Hub: Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales. 1.712 millones de euros. Componente 25, Inversión 3.

cve: BOE-A-2024-7249
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Núm. 90