III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-7254)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se corrigen errores en la de 6 de marzo de 2024, por la que se modifican procedimientos de operación eléctricos para la participación de la demanda y el almacenamiento en los servicios de no frecuencia y en la solución de restricciones técnicas e integración de la hibridación de tecnologías en el proceso de programación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 12 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 40935

La obligación de pago por incumplimiento de asignación neta de energía de balance
RR y terciaria a subir de la zona de regulación z o del BRP s se calculará de la forma
siguiente:
OPEINCLEBALSz,s = EINCLEBALSz,s × abs(PBALz,s) × 0,2
donde:
EINCLEBALSz,s = Energía incumplida de asignación neta de energía de balance RR
y terciaria a subir de la zona z o del BRP s. Se tomará valor cero si en el periodo de
programación la zona de regulación o el BRP tienen asignado un saldo neto a bajar de
energía por restricciones en tiempo real. Si en el periodo de programación la zona de
regulación o el BRP tiene saldo a subir de energía de restricciones en tiempo real se
considerará que ha sido asignada con anterioridad a las asignaciones de energía de
balance RR y terciaria.
La energía incumplida para cada zona de regulación z o cada BRP s se calculará
según la fórmula siguiente:
EINCLEBALSz,s = máx ( −STGSz,s; mín (0, Σz,s MBCu − EREFSz,s))
donde:
MBCu = medida en barras de central, según se establece en el anexo II, de cada
unidad de programación integrada en la zona de regulación z o perteneciente al BRP s.
Mientras no se disponga de medidas de energía cuarto-horarias procedentes de los
contadores de energía para la liquidación, la medida se calculará como la integral del
valor de la telemedida de potencia activa recibida en tiempo real en el periodo de
programación cuarto-horario correspondiente, según se establece en el anexo III.
EREFSz,s = Σz,s PHFCu + ITz,s + SRTRS z,s + STGS z,s + (ESECSz + ESECBz)
donde:

Opcionalmente, y previa solicitud al operador del sistema, la obligación de pago por
incumplimiento de asignación neta a subir de energía de balance RR y terciaria del BRP,
s, se repartirá entre las unidades de programación u con incumplimiento a subir del BRP,
en proporción a su incumplimiento, según las fórmulas del anexo I.
8.2 Incumplimiento de asignación neta de energía de balance RR y terciaria a bajar.
A efectos de las fórmulas siguientes, las referencias a saldos o sumas de las unidades
de programación del BRP, o del BRP, se refieren a los saldos de sus unidades de
programación con asignación neta a bajar de energía de balance RR y de terciaria, no

cve: BOE-A-2024-7254
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ITz,s = saldo de energía por cambios de programa de la zona de regulación z o del
BRP s.
SRTRSz,s = saldo neto a subir de energía de restricciones en tiempo real, de la zona
de regulación z o del BRP s, obtenida como suma de la energía de restricciones
asignada a cada unidad de programación de la zona de regulación o del BRP s.
STGSz,s = saldo neto a subir de la energía de energía de balance RR y terciaria, a
subir y a bajar, asignada a la zona de regulación o al BRP obtenida como suma de las
asignaciones a las unidades u integradas en la zona de regulación z o pertenecientes al
BRP s.
PBALz,s = precio medio ponderado de la energía asignada a subir de energía de
balance RR y regulación terciaria a las unidades integradas en la zona de regulación z o
las unidades pertenecientes al BRP s.