I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Materiales de construcción. (BOE-A-2024-7034)
Real Decreto 320/2024, de 26 de marzo, por el que se modifica la Instrucción para la recepción de cementos (RC-16), aprobada por el Real Decreto 256/2016, de 10 de junio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 10 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 39933

requisitos exigibles a los distintos tipos de cementos, tanto a los productos, como a los
procesos de recepción, transporte, almacenamiento, manipulación y uso de los
cementos. El proyecto también es acorde con el principio de proporcionalidad, ya que la
norma contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad descrita
anteriormente, y con el principio de seguridad jurídica dada su integración en el
ordenamiento jurídico, con plena coherencia con la reglamentación nacional y europea
vigentes. Asimismo, cumple con el principio de transparencia, dado que se han cumplido
todos los trámites de participación pública indicados en la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno, y se ha divulgado en el portal de transparencia del Gobierno de
España. Por último, es coherente con el principio de eficiencia, siendo una norma que no
supone un incremento de cargas administrativas ni un incremento de gasto público.
El presente real decreto ha sido sometido a los trámites de elaboración de normas
establecidos en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, así como al
procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas
relativas a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva (UE)
2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, y en el
Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, por el que se regula la remisión de información
en materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos a los
servicios de la sociedad de la información.
Durante su tramitación se han realizado los trámites de información pública y de
audiencia a los sectores potencialmente afectados y se ha consultado a las comunidades
autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. Asimismo, se ha solicitado informe a otros
departamentos ministeriales y el preceptivo informe a la Secretaría General Técnica del
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y del Ministerio de Industria y Turismo,
coproponentes de este real decreto.
Este real decreto se adopta a iniciativa de la Comisión Permanente del Cemento,
adscrita al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y reestructurada conforme a
lo dispuesto en el Real Decreto 805/2006, de 30 de junio.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 13.ª del artículo 149.1
de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia
de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible y del
Ministro de Industria y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 26 de marzo de 2024,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación de la Instrucción para la recepción de cementos (RC-16),
aprobada por el Real Decreto 256/2016, de 10 de junio.
La Instrucción para la recepción de cementos (RC-16), aprobada por el Real
Decreto 256/2016, de 10 de junio, queda modificada como sigue:
El artículo 3 queda redactado como sigue:

«Artículo 3.
3.1

Exigencias administrativas.

Exigencias de carácter general.

En el ámbito de aplicación de esta Instrucción, sólo podrán utilizarse aquellos
cementos legalmente comercializados en España, en cualquiera de los otros
Estados miembros de la Unión Europea, Turquía u originarios de Partes
contratantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE) y
comercializados legalmente en ellas conforme a lo establecido en el Reglamento
(UE) 2019/515, de 19 de marzo de 2019, relativo al reconocimiento mutuo de
mercancías comercializadas legalmente en otro Estado miembro.

cve: BOE-A-2024-7034
Verificable en https://www.boe.es

Uno.