I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Materiales de construcción. (BOE-A-2024-7034)
Real Decreto 320/2024, de 26 de marzo, por el que se modifica la Instrucción para la recepción de cementos (RC-16), aprobada por el Real Decreto 256/2016, de 10 de junio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 10 de abril de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Real Decreto 320/2024, de 26 de marzo, por el que se modifica la Instrucción
para la recepción de cementos (RC-16), aprobada por el Real Decreto
256/2016, de 10 de junio.

La Instrucción para la recepción de cementos actualmente vigente (RC-16), que se
modifica por este real decreto, fue aprobada por el Real Decreto 256/2016, de 10 de
junio.
Esta instrucción es el marco regulatorio para el empleo de cementos en la
construcción, estableciendo los requisitos que deben cumplir los cementos y regulando
su recepción en las obras de construcción, en las centrales de fabricación de hormigón y
en cualesquiera otras instalaciones, como en aquellas en las que se fabriquen productos
de construcción en los que en su composición se emplee cemento.
En esta instrucción se incluyen los cementos que tienen marcado CE y los cementos
homologados conforme al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se
declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y
morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados, aprobado a propuesta del
Ministerio de Industria y Turismo.
Recientemente el Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, ha sido modificado
mediante la disposición final tercera del Real Decreto 145/2023, de 28 de febrero, por el
que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial
para su adaptación al principio de reconocimiento mutuo. Esta modificación ha consistido
en la incorporación dentro del anexo del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, de
los cementos Portland compuestos CEM II/C-M y los cementos compuestos CEM VI,
cubiertos por la norma UNE-EN 197-5:2021, así como en la actualización de las
versiones de normas citadas en dicho anexo.
La incorporación de los nuevos cementos pretende facilitar que se alcance el objetivo
de conseguir la neutralidad climática que recoge el Pacto Verde europeo (2019) y el
Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de junio
de 2021 por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se
modifican los Reglamentos (CE) n.º 401/2009 y (UE) 2018/1999 («Legislación europea
sobre el clima»).
Las modificaciones introducidas en este Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre,
hacen necesaria la modificación del Real Decreto 256/2016, de 10 de junio, que debe
adaptarse al mismo, e incluir su regulación en todos los aspectos.
Adicionalmente, este real decreto incluye las modificaciones necesarias para adaptar
su contenido a la reglamentación nacional y europea vigentes, entre las que se
encuentran el Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19
de marzo de 2019, relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas
legalmente en otro Estado Miembro, y el Real Decreto 470/2021, de 29 de junio por el
que se aprueba el Código Estructural.
Este real decreto se adecúa a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia establecidos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Cumple con los principios de necesidad y eficacia, ya que la aplicación de la
Instrucción de Cementos modificada respecto a la reglamentación anterior se adapta al
resto de reglamentación nacional y europea, incluyendo una clarificación de los

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