I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-7035)
Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 10 de abril de 2024

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incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre.
Artículo 29. Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en particular la Dirección General
de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria y el FEGA O.A. mantienen
un compromiso de cumplimiento de la legislación vigente en materia de tratamiento de
datos personales y seguridad de la información con el objeto de garantizar que la
recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE)
679/2016 General de Protección de Datos y de la normativa nacional vigente en la
materia. Por este motivo, se ofrece a continuación información sobre la política de
protección de datos aplicada al tratamiento pagos de ayudas y control de deudores:
a)

Responsable del tratamiento:

Ministerio de
procedimiento:

Agricultura,

Pesca

y

Alimentación.

Unidades

gestoras

del

Datos de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria, delegado de protección de datos: bzn-sgid@mapa.es.
Datos del FEGA O.A.: Subdirección General de Regulación de Mercados
sg.regulacionmercados@fega.es.
Delegado de protección de datos: Inspección General de Servicios: bznDPD@mapa.es.
b) Finalidad del tratamiento: los datos personales incorporados serán utilizados
exclusivamente para la gestión de la subvenciones y se conservarán mientras la
legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del
Patrimonio Histórico Español, y al Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el
que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de
la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de
acceso).
La presentación de la solicitud conlleva que queda informado de que sus datos,
disponibles en las bases de datos externas, serán tratados con el fin de detectar
indicadores de riesgo.
c) Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de
una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos
al responsable del tratamiento y está justificado por los siguientes apartados:

d) Destinatarios de los datos: no están previstas cesiones de datos ni
transferencias internacionales de datos salvo las previstas legalmente.
e) Conforme a lo previsto en el RGPD podrá solicitar al Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica asociada, el acceso, rectificación y
supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y
a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus
derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de
Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es/).

cve: BOE-A-2024-7035
Verificable en https://www.boe.es

1.º Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política
agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.
2.º Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3.º Ley 39/2015, de 1 de octubre.