I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-7035)
Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 10 de abril de 2024

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adecuado seguimiento y evaluación de acuerdo con el Reglamento de
Ejecución 2022/1475 de la Comisión, de 6 de septiembre de 2022, por el que se
establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento
Europeo y del Consejo en lo que atañe a la evaluación de los planes estratégicos de la
PAC y al suministro de información para el seguimiento y la evaluación.
Artículo 5.

Solicitudes con una o varias propuestas de actividades.

1. La entidad o agrupación solicitante deberá presentar una solicitud de subvención
que estará formada por uno o varios documentos denominados propuesta de
actividades, habiendo solo una propuesta por cada tipo de programa temático para el
que propongan actividades.
2. Cada propuesta de actividades incluirá una descripción y el detalle de las
actividades que se consideran idóneas conforme a la guía del solicitante. Este contenido
se detallará en la convocatoria.
3. La entidad o agrupación solicitante concretará su propuesta, atendiendo a los
objetivos específicos de la PAC establecidos en el artículo 6, apartados 1 y 2, del
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, y concretando en su propuesta de actividad a qué producto o productos se
refiere y en concreto si se corresponde con productos contenidos en el anexo I del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o con productos forestales.
4. Para la intervención supraautonómica de intercambio de conocimientos y
actividades de formación e información en el sector agroalimentario y forestal. (7201)
habrá propuestas de actividades para:
a) P.I.A. Programa temático de eventos relacionados con las tecnologías de
digitalización.
b) P.I.B. Programa temático de actividades demostrativas relacionadas con las
tecnologías de digitalización.
c) P.I.C.1 Programa temático de cursos formativos para adquisición de
competencias en digitalización orientados a profesionales del sector agroalimentario o
forestal.
d) P.I.C.2 Programa temático de cursos formativos para adquisición de
competencias en digitalización orientados a profesionales que realizan asesoramiento en
el sector agroalimentario o forestal.
e) P.II.A. Programa temático de eventos no directamente relacionados con las
tecnologías de digitalización.
f) P.II.B. Programa temático de actividades demostrativas no directamente
relacionadas con las tecnologías de digitalización.
5. Para la intervención supraautonómica de servicios de asesoramiento a las
explotaciones agrarias (7202) habrá propuestas de actividades para:

Cada una de las propuestas de actividades de estos programas temáticos constituye
una unidad funcional de ejecución, con un presupuesto definido y se valorará de forma
independiente.
6. En lo relativo al Programa IA. Programa de eventos en digitalización, la
propuesta de actividades mostrará de forma conjunta los eventos en forma de jornadas
técnicas, seminarios técnicos o jornadas de campo, entre otros, en los que se divulgue
de forma abierta de conocimientos tecnológicos y de gestión más actuales respecto a la

cve: BOE-A-2024-7035
Verificable en https://www.boe.es

a) P.III Programa temático para contribuir a la prestación de servicios de
asesoramiento en materia de digitalización.
b) P.IV Programa temático para la creación de servicios de asesoramiento en
materia de digitalización.