III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-7119)
Decreto 19/2024, de 27 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural la "Villa Romana La Cocosa" en la localidad de Badajoz (Badajoz), con la categoría de zona arqueológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 10 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 40263

Cronología:
Aunque el conjunto arquitectónico descrito (A y B) está parcialmente excavado, los
materiales extraídos durante los trabajos arqueológicos realizados, en 1945, por Serra
Ràfols documentan su amplia utilización en el tiempo. La villa fue ocupada entre el siglo I
d.C. y los siglos VI-VIII d.C.
La fundación de la villa hay que situarla, a tenor de los hallazgos materiales –sobre
todo cerámicos (terra sigillata hispánica, paredes finas emeritenses, lucernas de
volutas)–, hacia mediados/finales del siglo I d.C., momento en el cual se construye una
residencia articulada en torno a un gran patio columnado o peristilo y a su alrededor se
encuentran las habitaciones principales. Durante el siglo III se producen reformas, hecho
que se constata fundamentalmente con la edificación de las instalaciones termales en el
ala este del complejo. Será esta una de las partes más significativas de la villa, unas
termas de carácter privado o balneum.
La villa mantendría un uso principalmente residencial durante los siglos I y IV d.C.,
momento a partir del cual se suceden las reformas más radicales, transformándose
sustancialmente el sitio y pasando a tener un uso más rústico y menos señorial. A estos
momentos, situados en la primera mitad del siglo IV d. de C., según Álvarez Martínez
(1983), se podría adscribir la decoración del artesonado de la estancia, en estuco, con
elementos florales y unas cabezas, conservados en el Museo Arqueológico Provincial de
Badajoz, que pueden corresponder, según este autor, a personajes de la Comedia
Nueva Latina, y que son muy semejantes a las descubiertas en la «Casa de los Estucos»
del barrio central de Djemilla. A este periodo de transformación de la villa, puede ser
atribuida también la ejecución de la pavimentación de una de las estancias del balneum
con el mosaico del Tritón.
Los mausoleos documentados en el interior de la villa pueden situarse en época
tardoantigua entre los siglos VI-VIII d.C. (Sánchez Hidalgo, 2018), e incluso, a unos 250
metros de la villa, se erige una iglesia de culto cristiano que cuenta con baptisterio e
instalaciones anejas.
En definitiva, nos encontramos con un área ocupada desde inicios del S. I d C, que
pudo alcanzar su máximo de esplendor en el IV d.C., en el que se databan los mosaicos
y otras estructuras de adorno que se relaciona con dicho auge.
ANEXO II
Delimitación de la zona arqueológica y su entorno de protección
Delimitación y justificación de la Zona Arqueológica:

Dirección

Referencia catastral

P Polígono 215, Parcela 15. 06900A215000150000ES
Polígono 215, Parcela 16.

06900A215000160000EZ

Para una mejor comprensión, se incluye el listado de coordenadas de los puntos que
determinan la polilínea que define la Zona Arqueológica. Sistema de referencia ETRS89.

cve: BOE-A-2024-7119
Verificable en https://www.boe.es

Dentro de la delimitación de la Zona Arqueológica de la «Villa Romana La Cocosa»
se incluye el sector donde se localizan las estructuras documentadas, conservadas y
visibles; pero también la superficie de dispersión de materiales arqueológicos puesto que
es un área susceptible de albergar restos arqueológicos en el subsuelo. De este modo,
se considera que quedan protegidos la totalidad de los elementos materiales y contextos
estratigráficos que componen el yacimiento arqueológico.
Atendiendo a estos criterios, las parcelas afectadas, de manera total o parcial, por la
delimitación de la Zona Arqueológica que constituye la «Villa Romana La Cocosa», son
las siguientes, con las siguientes referencias catastrales: