III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6938)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo para la integración urbana del ferrocarril en Zorrotza (Bilbao)".
27 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39442

El informe de la Agencia Vasca del Agua incluye una serie de consideraciones, entre
las que se destacan las siguientes:
– De acuerdo con el Plan Territorial Sectorial (PTS) de Protección y Ordenación del
Litoral de la Comunidad autónoma del País Vasco (CAPV), las autorizaciones de uso de
la zona de servidumbre de protección del DPMT se emitirán de acuerdo con el contenido
de este PTS.
– De acuerdo con el PTS de Ordenación de Márgenes de los Ríos y Arroyos de la
CAPV, para las autorizaciones de uso de la zona de servidumbre de protección del
DPMT serán de obligado cumplimiento las regulaciones derivadas de este PTS. Se
analiza que las actuaciones desarrolladas tanto en el inicio y fin de la variante, como en
el entorno del paso a nivel de Santa Águeda cumplen con lo estipulado en el PTS o bien
que la distancia mínima necesaria tiene un carácter indicativo, bien porque el nuevo
trazado ferroviario tiende a alejarse del cauce o bien por tratarse de actuaciones
temporales durante el transcurso de las obras.
– Sobre el cumplimiento del PTS de Zonas Húmedas de la CAPV, la zona objeto de
proyecto se encuentra fuera del ámbito de ordenación de este PTS.
– De acuerdo con la cartografía de inundabilidad, se constata que la entrada y salida
de los túneles, al igual que la base de mantenimiento localizada en Santa Águeda se
ubican fuera de zona inundable, con la salvedad de las ZIA-1, ZIA-8 y el nuevo escape
propuesto.
● Con respecto al escape, señala que se trata de una acción puntual con afección
mínima, por lo que se considera no supondrá un aumento de la inundabilidad potencial
de la zona ni de las potenciales afecciones a terceros.
● La ZIA-1 y su camino de acceso, se ubican parcialmente en zona inundable para
la avenida de quinientos años de periodo de retorno fuera de zona de flujo preferente,
todo ello fuera de la zona de servidumbre de protección del DPMT.
● La ZIA-8, se ubica en zona inundable para la avenida de cien años de periodo de
retorno completamente dentro de flujo preferente, por ello, insta a reubicarla.
– El ámbito general de la actuación se localiza dentro del Área con Riesgo Potencial
Significativo de Inundación Bilbao-Erandio (ARPSI ES017-BIZ-IBA-01) y durante la
tramitación del expediente de obras se recabará informe de la Dirección de Planificación
de Obras de esta Agencia Vasca del Agua.
En respuesta a las consideraciones de dicha Agencia, el promotor manifiesta que la
ZIA-1 se encuentra totalmente fuera de la zona inundable para período de retorno de 500
años (solo unos 60 m del camino de acceso se ubican dentro), respecto a la ZIA-8 el
promotor está de acuerdo en reubicarla y propone como posible emplazamiento la propia
parcela a la que se traslada la subestación eléctrica y base de mantenimiento y que, en
fases posteriores de proyecto de construcción y previo al inicio de las obras, solicitará
todos los informes y autorizaciones necesarias.
Tanto el informe de la Demarcación de Costas del País Vasco como el de la
Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO informan que, actualmente, el
deslinde de los bienes de DPMT en el entorno del proyecto tiene carácter de línea
probable, toda vez que no ha llegado aún a aprobarse, y detallan las limitaciones que
establece la normativa de costas en relación con los bienes que conforman el DPMT, la
servidumbre de tránsito y la servidumbre de protección. También destacan que, para
todas las infraestructuras ferroviarias que se encuentren dentro del DPMT o servidumbre
de protección cuyo estado sea obsoleto y no se prevea su futura utilización, deberá
priorizarse su desmantelamiento.

cve: BOE-A-2024-6938
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 86