III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6938)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo para la integración urbana del ferrocarril en Zorrotza (Bilbao)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

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– Reparación de daños producidos. En el caso de que los edificios sufran algún
daño como consecuencia de las obras, estos serán reparados, dejando el estado del
edificio en las mismas condiciones que presentaba antes de comenzar las obras.
El condicionado de la presente resolución incluye la realización de estudios de
detalle de las potenciales afecciones en los edificios próximos al proyecto, en el caso de
subsidencia del terreno, y la adopción de las medidas necesarias.
En relación con los campos electromagnéticos, el promotor afirma que las
instalaciones eléctricas de alta tensión cumplen la Recomendación del Consejo Europeo
relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300
GHz), 1999/519/CE, publicada en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» en
julio de 1999.
El informe de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco
indica que los objetivos del proyecto coinciden con los objetivos de crear entornos
urbanos más saludables eliminando barreras y favoreciendo la movilidad, el acceso
peatonal a los barrios y la seguridad vial de las personas. No obstante, considera
importante el cumplimiento de todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, así como la correcta implantación del Plan de Vigilancia Ambiental,
también mantener una comunicación fluida con los residentes de los posibles edificios
afectados, si los hubiera, informándoles en todo momento de las actuaciones y de las
molestias que se generarán, y garantizar el mantenimiento, en todo momento, de los
servicios afectados.
b.7 Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario (HIC). Durante la fase de
construcción, la principal afección sobre la vegetación se producirá por su eliminación.
Para valorar este impacto, en el EsIA se ha realizado una estimación de la superficie de
vegetación afectada por las zonas de actuación proyectadas a cielo abierto (subestación
eléctrica y base de mantenimiento de catenaria, emboquilles, caminos de acceso a obra,
etc.), que se detalla en la siguiente tabla:
Superficie afección (m2)

Brezal-argomal-helechal atlántico.

2.023,50

Huertas y frutales.

1.005,91

Vegetación ruderal-nitrófila.

21.477,52

Espinar o zarzal.

5.029,15

Prados y cultivos atlánticos.

2.048,31

Total.

32.106,69

En relación a las especies de flora protegida, el EsIA ha identificado las
potencialmente presentes (Daphne cneorum, Ilex aquifolium, Quercus coccifera y
Ruscus aculeatus) y, tras la visita de campo realizada en las zonas susceptibles de
verse afectadas por la ejecución de las obras a cielo abierto (emboquilles del túnel,
nueva línea de acometida eléctrica, nueva subestación eléctrica y base de
mantenimiento de catenaria, instalaciones auxiliares, etc.), no se ha detectado ninguna
de ellas, por lo que descarta su afección por el proyecto. De igual modo, tampoco se
prevé la afección a ningún hábitat de interés comunitario.
Por otra parte, el promotor destaca que, tras la visita de campo, se ha observado la
presencia de las siguientes especies exótico-invasoras en muchas de las zonas de
actuación en superficie: Cortaderia selloana, Buddleja davidii, Robinia pseudoacacia,
Phyllostachys aurea y Acacia dealbata, siendo especialmente destacable la abundancia
de las tres primeras.
Las principales medidas de protección de la vegetación propuestas por el promotor
son: Control de la superficie de ocupación, restricciones del desbroce y despeje de
vegetación, control de especies invasoras, desarrollo y ejecución del plan de prevención

cve: BOE-A-2024-6938
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