III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6847)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Petróleos del Norte, SA (Petronor).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 6 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39054

Mantenimiento. Se disfrutarán las vacaciones en cuatro grupos, con el compromiso
formal, por parte del personal en convenio a una colaboración con la empresa, con
objeto de evitarle acumulación de trabajos en Mantenimiento, clasificados en las
solicitudes de trabajo como prioridad (0), o la de aquellos trabajos que aun viniendo en la
solicitud de trabajo como prioridad (A, B) en el momento de su emisión se hubieran
transformado en urgentes (0), por no haberlos hecho a su debido tiempo, a causa de la
acumulación de trabajos, como consecuencia de la disminución de disponibilidad del
personal con motivo de las vacaciones. La definición de estas prioridades será
competencia de Operaciones y supervisada por el/la Jefe/a de Mantenimiento.
Administración. Se disfrutarán en tres grupos.
Personal. Se disfrutarán en cuatro grupos.
Compras y almacén. Se disfrutarán en cuatro grupos.
Servicios técnicos. Se disfrutarán como máximo en cuatro grupos.
ANEXO III
Asistencia a reuniones de la representación de los trabajadores y las trabajadoras
y del Comité de Seguridad, Salud y Medio Ambiente, sujetos a régimen de turnos
1. La asistencia a estas reuniones solo será posible en el supuesto de que la
vacante del puesto pueda ser cubierta por otra persona.
2. La asistencia a reuniones fuera de las horas de la jornada de trabajo, tendrá el
carácter de acumulativa, de forma que cuando se complete un total de ocho horas se
disfrutará de un día libre. La fijación de este día deberá ser realizada de mutuo acuerdo
entre la jefatura y operario/a.
3. En los supuestos en que la reunión de las personas representantes de los
trabajadores y las trabajadoras dure todo el día, es decir, que la reunión de la mañana
empiece al menos a las 10:00 horas y finalice con la jornada, las personas integrantes
del comité o la Delegada/o de Personal, en turno de mañana o de tarde de ese día
pasarán a jornada normal. En estos días, la presencia en Refinería de ese personal será
la jornada completa. Es obvio que en estos cambios de horario no será nunca de
aplicación el contenido del artículo 43 del convenio colectivo vigente.
4. En el supuesto anterior, es decir, en el caso de reuniones que se prolonguen
durante todo el día, las personas representantes de los trabajadores y las trabajadoras
en turno de noche serán dispensadas de asistir al trabajo bien en la noche anterior o
posterior, a convenir entre la jefatura y operario/a. El tiempo invertido en estas reuniones
de jornada completa no será acumulable en el sentido expuesto en el punto 2.
5. En reuniones que se celebren únicamente por la mañana, las personas
representantes de los trabajadores y las trabajadoras, en turno de noche serán
dispensadas de acudir al trabajo en la noche anterior a la reunión. En estos casos, el
exceso de horas entre la jornada de trabajo y el tiempo de reunión se deducirá de las
horas acumuladas para disfrute de tiempo libre.
6. Si la reunión es de tarde, únicamente las personas representantes de los
trabajadores y las trabajadoras en turno de noche deberán acudir a su trabajo, tanto la
noche anterior como la posterior.
7. Tanto la persona que ocupe la secretaría del Comité de Empresa como la
persona delegada de personal, de las oficinas de Petronor, en Madrid, deberán solicitar
las reuniones por escrito, al menos con una antelación de dos jornadas laborales. La
compañía comunicará su conformidad por escrito y con la mayor brevedad a todas las
partes integrantes del Comité de Empresa y a la Delegada/o de Personal, así como a las
jefaturas de los departamentos afectados. En las reuniones urgentes el/la Secretario/a
del Comité de Empresa y/o Delegada/o de Personal, deberá pedir autorización a
Relaciones Laborales, quién de acceder, se pondrá en contacto telefónico con las
jefaturas de los departamentos afectados, para que en los casos en que no se derive un
grave problema organizativo, autoricen el ausentarse de sus puestos de trabajo a las

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Núm. 85