III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6847)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Petróleos del Norte, SA (Petronor).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Sábado 6 de abril de 2024

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f) Potenciación del euskara: Además de las clases que se vienen impartiendo al
personal en jornada normal y a turnos, la compañía continuará potenciando
paulatinamente la publicación de avisos, reglamentos, etc., en euskara y en castellano.
Se declara expresamente la disposición a estudiar conjuntamente con la
representación de los trabajadores y las trabajadoras, fórmulas que potencien el
aprendizaje y la utilización del euskara, basándose en las experiencias adquiridas en la
enseñanza del idioma inglés.
g) Jubilación: El personal de la compañía podrá jubilarse a los sesenta y cuatro
años de edad.
h) Economato: La compañía mantendrá un contrato con una empresa de
supermercados que facilite el acceso, al menos, a diecisiete centros establecidos, con un
descuento mínimo del 10 %.
En el supuesto de rescisión de contrato con la empresa de economato, la compañía
se compromete a sustituirla por otra de parecidas características y cobertura geográfica y
siempre que no suponga extra costo sobre la situación anterior.
i) Seguro de vida y accidentes: Durante la vigencia del convenio los importes
asegurados por cada uno de estos conceptos son los siguientes:
– Niveles salariales 1 al 8: 45.000 euros.
– Niveles salariales 9 al 13: 70.000 euros.
Artículo 61.

Revisión de beneficios sociales.

Los beneficios sociales contenidos en este capítulo serán revisados con la misma
fórmula establecida en el artículo 22 para los conceptos salariales y suplidos para 2020,
2021, 2022, 2023 y 2024, aplicándose a todos ellos las retroactividades
correspondientes a estas revisiones, con excepción del préstamo de vivienda, cuyos
valores recalculados no tendrán carácter retroactivo, siendo estos de aplicación desde el
momento de su revisión.
Artículo 62.

Personal pasivo.

El personal pasivo tendrá derecho a la Bolsa de Navidad.
CAPÍTULO VIII
Seguridad y salud en el trabajo
Artículo 63. Comité de Seguridad, Salud Laboral y Medio Ambiente.

– Por parte de la compañía, la Dirección de Refinería que desempeñará el cargo de
Presidencia, y seis personas representantes de la línea de mando designadas por la
dirección de la misma.
– Y por la otra, siete personas representantes del personal elegidas por el Comité de
Empresa y la Delegada/o de Personal.
Las personas integrantes de este comité que representen a los trabajadores y
trabajadoras podrán celebrar una reunión preparatoria previa a la reunión ordinaria o
extraordinaria, que tendrá una duración máxima de dos horas y media. Además,

cve: BOE-A-2024-6847
Verificable en https://www.boe.es

Además de las competencias y facultades establecidas en el Reglamento de
Funcionamiento del Comité de Seguridad, Salud Laboral y Medio Ambiente, con el
objetivo de potenciar su actuación, cuando se estime necesario, se reunirá con el Comité
Intercontratas, a fin de tratar temas relacionados con la seguridad, salud laboral y el
medio ambiente.
La composición del Comité de Seguridad, Salud Laboral y Medio Ambiente de
Petronor será la siguiente: