III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6847)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Petróleos del Norte, SA (Petronor).
46 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Sábado 6 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39039

hará cargo de los gastos de tramitación del préstamo, considerados como tales en un
sentido estricto, no de otros como los seguros exigidos, etc.
Dada la finalidad y coste de esta obra social, el personal que reúna los requisitos exigidos
tendrá derecho a un solo préstamo durante su vida laboral en la empresa. Se exceptúan de
esta norma general quienes, además de tener tres o más personas a su cargo, tengan una
vivienda de menos de 85 m² útiles, adquirida con un préstamo de la compañía, concedido al
menos con cinco años de antigüedad. Esta excepción será aplicable, con las mismas
condiciones, en los casos de separación, divorcio y en el cese de la unión como pareja de
hecho, situaciones todas ellas que deberán estar legalmente reconocidas. En estos casos
será requisito indispensable la liquidación del préstamo anterior.
Artículo 56.

Comedores y subvención comidas.

La empresa mantendrá a disposición del personal de Refinería el actual servicio de
comedor que será igual en calidad, costo, preparación, etc., para todo el personal
cualquiera que sea su grupo profesional. Asimismo, se mantendrá el régimen de
bocadillos para el personal de turnos, siempre que se mantengan las actuales
circunstancias.
El comedor de Refinería también podrá ser utilizado por el personal sujeto al régimen
de turnos, exclusivamente cuando trabaje en el turno de mañana y una vez finalizada su
jornada laboral, en igualdad de condiciones que el resto del personal sujeto a jornada
ordinaria que haga uso de este servicio. Esta posibilidad de utilización del comedor de
Refinería será extensiva al personal del turno de tarde, antes de comenzar su jornada.
En estos casos será a cargo del usuario y de la usuaria el desplazamiento mediante la
utilización de medios de transporte propios.
La empresa se hará cargo del 100 % del importe de este servicio.
La empresa se compromete a incluir en la siguiente licitación de este servicio una
ponderación para valorar positivamente la inclusión de productos de cercanía en los
servicios de comedor y bocadillos.
La Comisión de Obras Sociales supervisará su funcionamiento.
El personal que preste sus servicios en el centro de trabajo de Madrid y en la
Terminal Marítima, no sujeto a régimen de turnos, percibirá una subvención por comida
de 13 euros por día efectivo de trabajo, para 2020.
Subvención para préstamos personales.

Petronor subvencionará el 2 % de los intereses correspondientes a un préstamo
personal de 23.567,41 euros a cinco años, que le haya concedido al personal una
entidad bancaria. La empresa también se hará cargo de los gastos de tramitación del
préstamo, considerados como tales en un sentido estricto, no de otros como los seguros
exigidos, etc.
Los empleados y las empleadas podrán solicitar dos préstamos a la misma o distinta
entidad bancaria, que serán subvencionados por Petronor en la forma indicada en el
párrafo anterior, siempre y cuando la suma de la cuantía del principal de ambos no
exceda de 23.567,41 euros.
La compañía no avalará ni bonificará al empleado o empleada intereses por un
nuevo préstamo personal hasta que hayan transcurrido diez años desde la concesión de
un préstamo de estas mismas características.
Artículo 58.

Ayuda de estudios para empleados y empleadas.

Durante el primer año de vigencia del presente convenio se fija en 31.263,73 euros
anuales la cantidad que la empresa tiene asignada para ayuda de estudios a sus
trabajadores y trabajadoras.

cve: BOE-A-2024-6847
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 57.