V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-12414)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Delegación Territorial Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba por la que se declara la Utilidad Pública de las infraestructuras eléctricas de evacuación de la Planta Solar Fotovoltaica "EL CABALLO 1" y las infraestructuras eléctricas de evacuación compartida de las Plantas Solares Fotovoltaicas "EL CABALLO 1", "EL CABALLO 2" Y "EL CABALLO 3" en Bujalance y Montoro (Córdoba).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 6 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 18239

afectadas que se relacionan en la Información Pública de la DUP.
Respecto a las alegaciones presentadas por D. Ramón Corredor Cano,
Francisca Benítez Castro, D. Enrique Macías Puerto, Dª. Ángeles Velasco Benítez,
D. Cristóbal Cano Moya, D. Pedro Castro Vívar, Dª. Leonor Vivar Romera,, D. Juan
José León Romera, D. León Calero Alfonso, Don Antonio Ángel Fernández Sierra,,
D. Domingo Corredor Corredor, D. Fernando León Pérez, D. Fernando Ruiz
Calahorro, D. Francisco García Díaz, D. Juan Carlos Ruiz Calahorro, D. Juan
Francisco Corredor Gallardo, D. Juan Luis López Vázquez, Dª. Juana María
Corredor Benítez, Dª. María Antonia Gómez Cano, Dª. María Josefa Coca Benítez,
Dª. María Josefa Romera García, D. Rafael López Vázquez, Dª. Silvia León Moya,
Dª. Cristina León Moya, Dª. Davinia García Requejo, D. Francisco José Alcalá
Priego, D. Javier Benítez Avilés, D. Nestavo Joaquín de los Reyes Lopera, D. Juan
de Dios Benítez Sillero y Dª. María Ángeles Villagrán García,D. Cristóbal Gutiérrez
Corredor, Dña. María Ángeles Sánchez Fernández,, Dña. María José Rodríguez
Benítez, D. Miguel Gallardo Bravo, D. José Manuel Morente Toribio, y Dña Pilar
Gallardo Ruiz-Maya, D. Alejandro Ruíz López, D. Jacinto Díaz Heredia en calidad
de afectados, analizadas las mismas se comprueba que no son propietarios de
parcelas afectadas ni colindantes a las infraestructuras eléctricas.
En este sentido, estas alegaciones se desestiman debido a la falta de
legitimación de los alegantes en el procedimiento, sin necesidad de entrar al fondo
del asunto y por tanto no serán tenidas por lo anteriormente expuesto.
SEXTO. Respecto a las alegaciones presentadas por Sociedad Cooperativa
del Campo Nuestra Señora del Valle Rico, la Asociación de Mujeres de Morente
Grailla, la Asociación Morente Nos Une,la Asociación de Vecinos Socio Cultural de
Morente, Agrícola Calahorro, la Sociedad de Cazadores "La Perdiz", D. Álvaro
Pérez Ibáñez, Dña María Pilar Ibáñez Malagón, D. Miguel Ángel Morente Toribio y
D. Pablo Pérez Casado se tiene que poner de manifiesto lo siguiente:
En primer lugar debemos recordar que no se puede pedir de manera genérica
la suspensión y anulación de todo el procedimiento sin establecer de manera
concreta en que artículos se basan ni debemos establecer, como recoge la Ley de
Procedimiento Administrativo común 39/2015, la existencia de unos supuestos
tasados en dicha ley y que han de ser motivados según los artículos
35(motivación) y 47 (nulidad) así como en modo alguno se ha alegado ni justificado
cuales son los daños irreparables o de difícil reparación.
Por lo que respecta a la petición de suspensión del procedimiento por la
interposición de un recurso contencioso-administrativo por parte de Agrícola
Calahorro, debemos recordar que la interposición de un recurso no suspende el
procedimiento y por tanto, la Autorización Administrativa Previa y de Construcción
continúa produciendo efectos así como recordar que en esta resolución vamos a
pronunciarnos sobre la Declaración de utilidad pública y que no se corresponde
con el momento procesal en el que nos encontramos.
Respecto a la voluntad de regulación en relación con la implantación de
plantas fotovoltaicas por parte del Ayuntamiento de Bujalance, esta Delegación
Territorial no es competente para pronunciarse al respecto.
Respecto a la supuesta vulneración del régimen establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental que alegan los interesados, debemos
recordar que el trámite de información pública respecto a la Autorización Ambiental
Unificada, fue establecida en el anuncio de 7 de Marzo de 2022 de la Delegación

cve: BOE-B-2024-12414
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Núm. 85