III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2024-6706)
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se establece una planificación extraordinaria de prestaciones, actuaciones o servicios del sistema de acogida en materia de protección internacional para atender mediante acción concertada las necesidades derivadas de la situación de presión sobre el sistema de acogida de protección internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Jueves 4 de abril de 2024
Segundo.

Sec. III. Pág. 38296

Ámbito temporal.

De conformidad con el artículo 11.2 de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, la
planificación de actuaciones adicionales abarcará desde el 1 de abril al 31 de octubre
de 2024.
Tercero. Actuaciones, prestaciones y servicios de la acción concertada y planificación
de las necesidades a satisfacer.
La selección de las actuaciones, prestaciones o servicios que es necesario atender
mediante acción concertada están recogidas en el anexo A.
Se estima que las prestaciones, actuaciones y servicios adicionales requeridos para
cubrir las necesidades excepcionales de acogida en el periodo previsto de 2024 serán
los siguientes:
Actuaciones autonomía 2024

2024 extraordinaria

Ene

Feb

Mar

Nov

Dic

Coste total anual

Euros

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Fase valoración inicial y derivación.

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

12.144.500,00

Fase autonomía.

5.426

5.426

5.426

5.425

5.425

5.425

5.425

37.153.312,00
49.297.812,00

Estas cifras se han calculado teniendo en cuenta las circunstancias actuales, la
información disponible en el momento de la firma de la presente resolución y la
disponibilidad presupuestaria, sobre la base de los argumentos descritos en el anexo B y
con los márgenes de variación del apartado quinto.
Las prestaciones, actuaciones o servicios objeto de esta resolución podrán ser
cofinanciadas por fondos europeos, bien sea el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) o el
Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI), a través de sendos programas
europeos, para lo cual su planificación, ejecución y justificación se regirán por el marco
normativo nacional y europeo especificado en el artículo 3 de la Orden ISM/680/2022,
de 19 de julio.
Cuarto.

Precios de referencia.

Los precios de referencia por plaza y día o persona atendida y día, así como los
criterios según los cuales se han fijado dichos precios, de acuerdo con la Resolución de
la Secretaria de Estado de Migraciones, de 19 de octubre de 2022, por la que se
establecen los precios de referencia para las prestaciones, actuaciones o servicios del
sistema de acogida de protección internacional gestionados mediante acción concertada,
son los siguientes:

Quinto.

Unidad

Cuantía en euros

Fase valoración inicial y derivación. Precio plaza y día.

56,75

Fase autonomía.

32,00

Precio persona y día.

Márgenes de variación.

De conformidad con el apartado 11.1.e) de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, se
prevén los márgenes de variación establecidos en el apartado VI del anexo B de la
presente resolución.
En el caso de que, de oficio o previa comunicación de una entidad, la Dirección
General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal
tuviera constancia de que es necesario revisar el número de plazas o personas

cve: BOE-A-2024-6706
Verificable en https://www.boe.es

Fase o actuación