III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Subvenciones. (BOE-A-2024-6694)
Resolución de 2 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se concede una subvención directa al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos, para la asistencia psicológica a las víctimas de los delitos, para el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Jueves 4 de abril de 2024

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que asuma la coordinación por parte del Consejo General de Colegios Oficiales de
Psicólogos y un 50 % para el coordinador del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
b) Por las ponencias que se impartan durante las acciones formativas, se abonará
un importe máximo de 100 euros por hora de ponencia, prorrateándose las fracciones de
tiempo inferiores con respecto a esa cuantía. Se exceptúan de lo anterior las ponencias
impartidas en mesas redondas o talleres, donde el importe correspondiente se
prorrateará a partes iguales entre los participantes, sin que en ningún caso pueda ser
inferior a 60 euros por ponente.
c) Por las intervenciones en la inauguración y clausura de cada acción formativa se
abonarán, con un importe máximo de 75 euros, a todas y cada una de las personas que
participen, salvo que renunciasen expresamente a su cobro.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos y el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes acordarán, previamente a la realización
del curso, una estimación de los gastos que se fueran a producir. En ningún caso la
coordinación y organización de las actividades formativas encaminadas a la mayor
especialización en la atención psicológica a las víctimas del delito, impartidas al personal
de todas las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, de la Oficina de Información
y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional y de la Oficina de
Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional podrá recaer en
profesionales de la psicología adscritos a alguna de las Oficinas indicadas.
III. Gastos en materiales para la asistencia psicológica:
Compensación a las psicólogas y a los psicólogos por el gasto en materiales
estrictamente necesarios para la asistencia psicológica como, entre otros, tests para la
evaluación psicológica de las víctimas que se asistan y bibliografía, por un importe
máximo de 2.000 euros.
Con carácter previo a la realización del gasto, se formalizará una solicitud dirigida al
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al Consejo General
de Colegios Oficiales de Psicólogos, en la que se fundamentará la necesidad del
material y el importe al que ascendería el gasto a financiar.
IV.

Compensación al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos:

Por la organización de la actividad realizada se abonará al Consejo General de Colegios
Oficiales de Psicólogos una compensación por un importe máximo de 52.000 euros.
La distribución de los importes asignados a los distintos conceptos podrá sufrir las
modificaciones autorizadas por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, mediante resolución dictada por la persona titular de la Secretaría de Estado
de Justicia, en función de necesidades sobrevenidas, no pudiendo exceder las
modificaciones y redistribuciones que se acuerden, en ningún caso, del importe total
reflejado en la partida destinada a gastos por la prestación de asistencia psicológica.

De conformidad con lo previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto 248/2024, de 12
de marzo, el pago de la subvención se efectuará con periodicidad mensual, sin perjuicio
de lo previsto en la disposición transitoria segunda, apartado 2, del Real
Decreto 248/2024, de 12 de marzo, para el pago del mes de diciembre de 2023.
El libramiento de pago de la subvención para la asistencia psicológica a las víctimas
de los delitos correspondiente al mes de diciembre de 2023 será liquidado y satisfecho
durante el primer cuatrimestre de 2024.
Con carácter previo al pago, el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos
deberá rendir justificación ante el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con

cve: BOE-A-2024-6694
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.