III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-6650)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., por el que se establece el acuerdo de financiación del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera FEADER 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de abril de 2024

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participación de capital privado que no otorguen influencia sobre las decisiones relativas
a la gestión cotidiana del instrumento financiero apoyado por los Fondos.
SAECA es una empresa pública española cuyos accionistas son la SEPI,
dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública con el 80 % del capital y el
Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. (FEGA), adscrito al MAPA, con el 20 % del
capital restante.
ii. Operen bajo un mandato público otorgado por la autoridad competente del
Estado miembro, de nivel nacional o regional, que suponga llevar a cabo, como la
totalidad o como parte de sus actividades, actividades de desarrollo económico que
contribuyan a los objetivos de los Fondos.
SAECA es una empresa pública tutelada por el MAPA.
iii. Lleven a cabo, como la totalidad o como parte de sus actividades, actividades de
desarrollo económico que contribuyan a los objetivos de los Fondos, en regiones,
ámbitos o sectores de las políticas para los que generalmente no haya acceso a la
financiación de mercado o esta sea insuficiente.
El objeto social de SAECA, establecido en sus estatutos y señalado anteriormente,
es facilitar mediante su aval el acceso a la financiación a todo el sector primario para
poder llevar a cabo sus inversiones, ya sean de mantenimiento, mejora o modernización
de sus explotaciones, así como necesidades de circulante.
SAECA cuenta con más de 30 años de actividad, estando valorada de forma muy
positiva por los distintos actores del sector. Asimismo, resulta relevante el hecho de que
buena parte de la actividad desarrollada por SAECA lo ha sido en colaboración con la
Administración, tanto con la Central como con las Autonómicas.
SAECA puede considerarse como una herramienta estatal de apoyo al sector
primario, con un importante factor multiplicador en la creación de riqueza y de empleo.
iv. Operen sin centrarse principalmente en maximizar sus ganancias, sino
garantizando la sostenibilidad financiera a largo plazo de sus actividades.
Desde su creación hace más de 30 años, SAECA viene asumiendo un
comportamiento íntegro y responsable, alcanzando su compromiso a todas las áreas de
su organización, así como al desarrollo de su actividad.
Entre los principios éticos por los que se rige la Sociedad se encuentran el
cumplimiento de la legalidad, la integridad y objetividad en la actuación empresarial, el
respeto por las personas, la protección de la salud y de la integridad física, la protección
del medio ambiente, la gestión eficiente, la actuación correcta en los mercados
internacionales, el uso y protección de la información y la calidad.
La Sociedad cuenta con un código de conducta empresarial, suscrito en 2013, que
se desarrolla bajo los siguientes principios básicos por los que han de guiarse los
destinatarios del mismo:
‒ Mantener una conducta que garantice y asegure la sostenibilidad y honestidad de
SAECA.
‒ Actuar legal, íntegra y honestamente.
‒ Priorizar los intereses de SAECA sobre los personales o de otra índole.
v. Garanticen que la adjudicación directa de un contrato contemplado en la letra b)
no genera ningún beneficio directo ni indirecto para las actividades comerciales mediante
medidas adecuadas conforme al Derecho aplicable.
La adjudicación directa a SAECA como organismo que ejecutará el IFGC-G no
genera ningún beneficio directo ni indirecto para el desarrollo de las actividades
comerciales realizadas por SAECA.

cve: BOE-A-2024-6650
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 82