II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-6641)
Orden TDF/289/2024, de 18 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema de promoción interna, a la Subescala de Secretaría, categoría Superior, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Miércoles 3 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 37881

13.4 El Tribunal Calificador no podrá aprobar ni declarar que han superado la
prueba de aptitud o el concurso de méritos un número superior de personas aspirantes al
de plazas asignadas para cada uno de los sistemas expresados.
13.5 Los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos deberán ser
motivados. La motivación de los actos del Tribunal, dictados en virtud de discrecionalidad
técnica en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de
las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
14.

Nombramiento de funcionarias y funcionarios de carrera

Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubiesen superado a
través de la prueba de aptitud o el concurso de méritos, cuyo número no podrá exceder
en ningún caso al de las plazas convocadas, serán nombrados por la persona titular del
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública como personal
funcionario de carrera de la Escala de funcionarios de Administración local con
habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría superior.
Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
15.

Norma final

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, un
recurso de reposición ante el Ministro para la Transformación Digital y de la Función
Pública en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», o bien un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer un recurso de
reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio
administrativo.
Madrid, 18 de marzo de 2024.–El Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública, P.D (Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), de la Secretaría de
Estado de Función Pública, Clara Mapelli Marchena.
ANEXO I
I.1

Descripción del proceso selectivo

La selección de las personas aspirantes se realizará a través de concurso de méritos
o prueba de aptitud.
Concurso de méritos

El acceso a las plazas reservadas al sistema de concurso de méritos será automático
para las personas solicitantes que tengan mayor puntuación en la valoración de méritos
generales que se encuentren reconocidos por la Dirección General de la Función
Pública, de conformidad con lo establecido en la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero,
por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de
Administración local con habilitación de carácter nacional, a la fecha en que finalice el
plazo de presentación de instancias.

cve: BOE-A-2024-6641
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