III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-6545)
Resolución de 21 de marzo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con Hornos de Lamastelle, SA, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Lunes 1 de abril de 2024

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Octava. Obligaciones del alumnado.
Los/las estudiantes en prácticas deberán respetar el sistema organizativo del centro
de trabajo Hornos de Lamastelle, SA, la guarda y el debido sigilo respecto de los asuntos
que conozcan en el desarrollo de las prácticas. El incumplimiento de sus obligaciones
podrá determinar la pérdida automática de sus derechos como estudiante en prácticas y
el ejercicio de acciones disciplinarias, según lo establecido en la normativa del Imserso y
en el Reglamento de Régimen Interior del Centro de Promoción de la Autonomía
Personal de Bergondo.
En caso de falta de puntualidad, no asistencia o incorrecto comportamiento del
alumno, el centro de trabajo Hornos de Lamastelle, SA, o el Imserso a través de la
dirección del Centro de Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo, podrán
desistir de continuar la cooperación formativa con dicho alumno, siendo suficiente, a tal
efecto una comunicación escrita entre las partes.
Novena.

Certificación de prácticas.

Finalizada la formación en el centro de trabajo Hornos de Lamastelle, SA, cada
persona estudiante recibirá un certificado de aprovechamiento de las prácticas
realizadas por parte de la misma, con el visto bueno del Imserso a través del Centro de
Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo con mención expresa del nivel
alcanzado.
Décima.

Protección de datos.

De conformidad con el dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD) y del Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la LOPD, el/la estudiante en prácticas que por razón de las actividades
formativas tengan acceso, en cualquier fase del tratamiento, a datos de carácter
personal no revelará a personas ajenas al centro de trabajo Hornos de Lamastelle, SA,
información de la que habían tenido conocimiento, ni utilizará o dispondrá de ella de una
manera o con finalidad distinta a la exigida por las acciones formativas, obligación que
subsistirá aun después de terminadas las prácticas respondiendo en caso de
incumplimiento del deber de secreto frente a la empresa/entidad, sin perjuicio de las
responsabilidades que por igual causa habían podido derivarse ante la Agencia
Española de Protección de Datos.
Vigencia.

El presente convenio tiene vigencia de cuatro años pudiendo prorrogarse, en
cualquier momento antes de su finalización, por el mismo periodo por acuerdo expreso
de las partes.
Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz una vez inscrito, en
el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la
disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Duodécima.

Causas de extinción y resolución.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

cve: BOE-A-2024-6545
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.