III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-6545)
Resolución de 21 de marzo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con Hornos de Lamastelle, SA, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Lunes 1 de abril de 2024

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la disposición adicional quincuagésima segunda del TRLGSS no se aplicarán a la
realización de prácticas profesionales no laborales en empresas vinculadas a acciones
formativas de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral (formación en el
trabajo) vinculadas al Catálogo de Especialidades Formativas, no conducentes a la
obtención de certificado de profesionalidad.»
III
Que el centro de trabajo Hornos de Lamastelle, SA figura inscrita en el Registro
Mercantil de A Coruña, en el tomo 1411, folio 23, hoja C-10168, según lo dispuesto en el
Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del
Registro Mercantil.
IV
Que las dos instituciones estiman conveniente, en aras del cumplimiento de sus
respectivos fines, establecer un cauce estable de cooperación que dé coherencia y
continuidad a cuantas iniciativas estén desarrollando y que permita concretar la futura
cooperación entre las mismas en el desarrollo de acciones dirigidas al colectivo de
personas con discapacidad física, sensorial o con daño cerebral adquirido, para su mejor
calidad de vida y plena participación social, así como otras iniciativas dirigidas al logro de
estos objetivos, que puedan ser desarrolladas conjunta o separadamente por ambas
Instituciones, desarrollando un proyecto de cooperación interinstitucional.
En consideración a todo ello, ambas partes deciden suscribir el presente convenio,
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio, tiene como objeto definir la cooperación entre el Imserso, a
través de su Centro de Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo, dependiente
orgánicamente de dicho instituto en la realización de Prácticas de Formación en el centro
de trabajo Hornos de Lamastelle, SA, con las personas alumnas de los cursos de
Formación Profesional Ocupacional orientada al empleo, impartidos por el Centro de
Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo, y cofinanciados por el Fondo Social
Europeo, que hayan alcanzado un nivel óptimo de aprendizaje en la acción formativa y
pueden iniciar las Prácticas de Empresa con sujeción a las condiciones que determinan
las cláusulas que figuran en el presente documento.
Finalidad de las prácticas de formación.

La finalidad única y exclusiva de las prácticas a realizar por el/los alumnos/s
mencionado/s, es únicamente la de conocer el funcionamiento del centro de trabajo
Hornos de Lamastelle, SA, sus métodos de trabajo y organización, como complemento
práctico a sus estudios. En consecuencia, la relación que mantienen con la citada
empresa o centro de trabajo es exclusivamente formativa, sin percibir salario o
estipendio alguno.
El hecho de que el alumnado realice prácticas en el centro de trabajo Hornos de
Lamastelle, SA, no supondrá ningún tipo de relación laboral con ella ni determinará la
existencia de ninguna responsabilidad por su parte.
Tercera.

Cobertura de riesgos.

Cualquier accidente o enfermedad que pudieran sufrir los/las alumnas/os, así como
la responsabilidad civil en la que pudieran incurrir con ocasión o como consecuencia del

cve: BOE-A-2024-6545
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.