III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6407)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Siemens Healthcare, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Sábado 30 de marzo de 2024
C)

Sec. III. Pág. 36776

Composición y competencias de la Comisión de Asistencia Social Global.

Por la Parte Social, la Comisión de Asistencia Global, será la encargada de las
competencias relativas a Asistencia Social.
La Comisión de Asistencia Social Global estará formada por un miembro de cada
una de las subcomisiones de zona reflejadas en este mismo apartado.
Las competencias de esta Comisión serán, entre otras:
1. Analizar la evolución del fondo e informar anualmente a la Representación Legal
de los Trabajadores.
2. Analizar y resolver casos especiales.
3. Resolver las posibles reclamaciones.
Para agilizar y facilitar las gestiones, habrá 4 subcomisiones que llevarán las
siguientes zonas:
– Zona Norte. Gestionará los centros de trabajo de las siguientes zonas: Galicia,
Asturias, Castilla León, Cantabria, País Vasco, La Rioja y Navarra. Estará formada por
un miembro de la representación social.
– Zona Centro. Gestionará los centros de trabajo de las siguientes zonas: Madrid,
Castilla La Mancha y Canarias. Estará formada por dos miembros de la representación
social.
– Zona Este. Gestionará los centros de trabajo de las siguientes zonas: Cataluña,
Aragón, Baleares y Comunidad Valenciana. Estará formada por dos miembros de la
representación social.
– Zona Sur. Gestionará los centros de trabajo de las siguientes zonas: Andalucía,
Extremadura, Ceuta, Melilla y Murcia. Estará formada por un miembro de la
representación social.
Los/as componentes de la Comisión podrán nombrar, además, los/as suplentes/as
correspondientes que tendrán las mismas atribuciones que los/as titulares.
Cualquier discrepancia que pudiera surgir, será resuelta por la Comisión de Vigilancia
del convenio.
D)

Presentación de solicitudes.

Las peticiones se harán a las Subcomisiones de Asistencia Social de las diferentes
zonas, en el formulario específico que estará disponible en la Intranet.
Será preciso adjuntar original del formulario y de la factura, donde se especificará los
distintos conceptos o trabajos realizados.
La fecha de presentación de la factura no podrá exceder de los tres meses de su
emisión.
Los/as trabajadores/as deberán proporcionar a la Comisión cualquier justificante que
ésta les solicite cara a la aprobación de su solicitud.
E)

Reuniones.

F)

Cuantía de la subvención.

Con carácter general, estas prestaciones serán las siguientes:
a) La cantidad máxima que un/a empleado/a podrá presentar en facturas por año
natural, en concepto de subvención por asistencia social total (gastos odontológicos,
oftalmológicos, audífonos y casos especiales) será de 5.400 euros incluidos para
cónyuge, pareja de hecho legalmente registrada e hijos/as a cargo del/a trabajador,
siempre que no tengan ningún tipo de ingresos.

cve: BOE-A-2024-6407
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de Asistencia Social Global se reunirá un mínimo 3 veces al año.
Las Subcomisiones se reunirán como mínimo 1 vez al mes.