III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6407)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Siemens Healthcare, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Sábado 30 de marzo de 2024

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En cualquiera de los casos mencionados en los párrafos anteriores, a la finalización
de las reducciones de jornada, el/la empleado/a tendrá derecho a incorporarse en las
mismas condiciones que tenía antes de dicha reducción a su puesto de trabajo.
Artículo 24.

Conciliación de la vida familiar y laboral. Desconexión digital.

Cualquier derecho reconocido por este convenio o por las leyes para el/la cónyuge,
será de aplicación a las parejas de hecho legalmente inscritas de los/las trabajadores/as
de SHS.
Adecuación de jornada.
El/la empleado/a podrá adecuar su jornada anual de trabajo para atender sus
necesidades de conciliación de la vida laboral y familiar, siempre que cumpla con la
jornada establecida y lo acuerde con su jefatura y RRHH. De no haber acuerdo entre las
partes el/la empleado/a podrá recurrir a la Comisión de Igualdad.
Mobile working.
Es la posibilidad de trabajar fuera del centro de trabajo/domicilio habitual de forma
ocasional y cuando por motivos personales o de trabajo resulte más conveniente hacerlo
así. Está basado en las tecnologías, las cuales favorecen el uso flexible del tiempo y
lugar, favoreciendo, a su vez, las necesidades de conciliación de los/as trabajadores/as.
Esta medida estará previamente coordinada por las respectivas jefaturas y reseñada
en la herramienta informática correspondiente.
Desconexión digital.
Se reconoce el derecho a la desconexión digital, en virtud del principio de derecho a
la conciliación de la vida privada y la vida profesional del/a empleado/a.
En este sentido y consecuentemente, los/as colaboradores/as no tendrán que
responder a e-mails, mensajes profesionales o llamadas telefónicas fuera de su horario
de trabajo, ni durante los tiempos de descanso o vacaciones, salvo circunstancias
excepcionales, guardias y/o disponibilidades de emergencia.
La Empresa realizará acciones concretas internas dirigidas a todos/as los/as
trabajadores/as, que definan las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y
las acciones de información y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de
las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática.
La Comisión Paritaria del convenio realizará un seguimiento del cumplimiento de esta
medida.
Permisos retribuidos.

– Quince días naturales en los casos de matrimonio o pareja de hecho que acrediten
su inscripción legal.
– Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas
de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o
acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación
y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la
declaración de idoneidad, siempre que, en todos los casos, deban realizarse dentro de la
jornada de trabajo.
– Por nacimiento: permiso para la madre biológica de 18 semanas (16+2), y permiso
para el/la progenitor/a distinto/a a la madre biológica de 16 semanas, por nacimiento de
hijos/as. Se estará a lo previsto en cada momento por la ley en materia de permisos por
nacimiento y, en especial, al correspondiente al progenitor distinto a la madre biológica.
– La madre biológica y/o progenitor distinto a la madre biológica, en los casos de
nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer

cve: BOE-A-2024-6407
Verificable en https://www.boe.es

El empleado/a, podrá faltar al trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los
motivos y durante el tiempo que a continuación se expone: