III. Otras disposiciones. TRIBUNAL DE CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN. Conflictos de jurisdicción. (BOE-A-2024-6411)
Conflicto de Jurisdicción n.º 2/2023, suscitado entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Sábado 30 de marzo de 2024

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responsabilidad tributaria de carácter solidario, en virtud de lo establecido en el
artículo 42.2.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria –en lo
sucesivo, LGT–, frente a TR Complejos Turísticos Insulares, SL, y don Benito,
administrador único de la sociedad concursada.
Tercero.
A petición de la concursada, el Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Madrid, mediante
auto de 13 de junio de 2023, acordó requerir a la AEAT para que suspendiera de
inmediato la tramitación de los expedientes de declaración de responsabilidad tributaria
incoados. A petición de la AEAT, mediante auto de 17 de noviembre de 2023, el Juzgado
de lo Mercantil aclaró su anterior auto de 13 de junio de 2023, en el sentido de expresar
que el requerimiento de inhibición no solo afectaba al expediente de declaración de
responsabilidad tributaria abierto frente a TR Complejos Turísticos Insulares, SL, sino
también al abierto frente a don Benito.
Cuarto.
Por acuerdo de 17 de julio de 2023, el delegado central de grandes contribuyentes
de la AEAT acordó mantener su jurisdicción para conocer del procedimiento de
declaración de responsabilidad y plantear conflicto de jurisdicción con el Juzgado de lo
Mercantil núm. 2 de Madrid respecto de TR Complejos Turísticos Insulares, SL.
Quinto.
Mantenida por la AEAT su propia jurisdicción y planteado formalmente el conflicto,
una vez recibidas las actuaciones en este Tribunal, mediante diligencia de ordenación
de 19 de julio de 2023, se acordó formar rollo de sala, designar ponente y reclamar del
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Madrid las actuaciones del concurso.
Sexto.
Recibidas las actuaciones del concurso, mediante diligencia de ordenación de 29 de
noviembre de 2023, se confirió traslado para informe al Ministerio Fiscal y a la
Administración, que lo evacuaron en tiempo y forma.
Séptimo.
El 20 de diciembre de 2023, la AEAT presentó escrito en el que solicitaba que se
tuviera por ampliado respecto de don Benito el acuerdo adoptado por el que inicialmente
se había decidido mantener la propia jurisdicción y plantear formalmente el conflicto
respecto de TR Complejos Turísticos Insulares, SL.

Por diligencia de ordenación de 21 de diciembre de 2023, se acordó unir a los autos
los informes presentados, tener por presentado el escrito de ampliación y dar traslado de
este al Ministerio Fiscal y a la Abogacía del Estado para alegaciones, lo que formularon
mediante la presentación de sus respectivos escritos fechados los días 10 y 12 de enero
de 2024 y presentados el siguiente día 15 de enero de 2024.
Noveno.
Por diligencia de ordenación de 22 de enero de 2024, se acordó unir los a los autos
los escritos presentados, designar nuevo ponente y dejar las actuaciones pendientes de
señalamiento.

cve: BOE-A-2024-6411
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Octavo.