III. Otras disposiciones. TRIBUNAL DE CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN. Conflictos de jurisdicción. (BOE-A-2024-6411)
Conflicto de Jurisdicción n.º 2/2023, suscitado entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Sábado 30 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

TRIBUNAL DE CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN
6411

Conflicto de Jurisdicción n.º 2/2023, suscitado entre la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y el Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid.
Tribunal de Conflictos de Jurisdicción
Art. 38 LOPJ
Sentencia núm. 1/2024

Excmos. Sres. y Excma. señora:
Don Francisco Marín Castán, Presidente en funciones.
Don José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.
Don Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo.
Don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer.
Don Fernando Ledesma Bartret.
Doña Paz Andrés Sáenz de Santa María.
En Madrid, a 21 de febrero de 2024.
Este Tribunal ha visto el presente conflicto de jurisdicción regulado en el artículo 38
de la Ley Orgánica del Poder Judicial –en lo sucesivo, LOPJ– y seguido con el número
A38/2/2023, suscitado entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria –en
adelante, AEAT– y el Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Madrid, en el concurso ordinario
núm. 556/2008, relativo al Grupo Inmobiliario Tremon, SA.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. don José Manuel Bandrés Sánchez–Cruzat.
Antecedentes de hecho
Primero.

Segundo.
Por otra parte, en el procedimiento de gestión recaudatoria de las deudas tributarias
de la entidad Grupo Inmobiliario Tremon, SA, –como consecuencia de diversas
operaciones de ampliación de capital de las que la Administración tributaria dedujo
indicios de posible colaboración en la transmisión u ocultación de bienes de la
concursada para impedir el cobro de sus deudas tributarias–, la AEAT, con fecha el 10 de
marzo de 2023, dictó dos acuerdos de inicio de expediente de declaración de

cve: BOE-A-2024-6411
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Por auto de 4 de diciembre de 2008, el Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Madrid
declaró el concurso voluntario de acreedores de la mercantil Grupo Inmobiliario Tremon,
SA En el seno del procedimiento concursal, por sentencia núm. 161/2012, de 18 de
junio, se aprobó el convenio del deudor con sus acreedores, en el que la AEAT figuraba
como titular de un crédito ordinario de 7.962.245,52 euros y de un crédito subordinado
de 699.154,33 euros.
En el convenio se pactó una espera de tres años y pagos porcentuales de la deuda a
partir de finales del año siguiente, plazos que habían de computarse desde la fecha de
firmeza de la sentencia que aprobó el convenio, lo que tuvo lugar el 10 de enero
de 2017, por lo que el pago del primer plazo de lo pactado en el convenio había de
realizarse a finales de 2021.