III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-6364)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Varadero Solar, SLU, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Varadero Solar, de 47,71 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Arganda del Rey y Loeches (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de marzo de 2024

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documento y realiza unos comentarios sobre la reposición de ejemplares arbóreos. Se
ha dado traslado al promotor, que presta conformidad. Asimismo, se recibe informe del
citado organismo en donde se recogen consideraciones a las memorias relativas a las
medidas compensatorias y programas de vigilancia ambiental de los proyectos
fotovoltaicos promovidos por Ignis Energía, entre los que se encuentra Varadero Solar.
Informa favorablemente al plan de vigilancia ambiental, pero exige una serie de
consideraciones a desarrollar en las medidas compensatorias. Se ha dado traslado al
promotor, que responde prestando conformidad y adjuntando la documentación
requerida. Se ha dado traslado al organismo, que informa favorablemente del proyecto y
del plan de medidas compensatorias presentado.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Arganda del Rey, manifestando la
posible incompatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico municipal.
Considera que el proyecto implica un cambio de uso del suelo, quedando condicionada
su compatibilidad urbanística, en todo caso, a que pueda justificarse el carácter
excepcional de la actuación según lo dispuesto en la normativa vigente. En este caso, la
actuación podría legitimarse por aplicación subsidiaria de lo dispuesto en la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid, mediante calificación urbanística en
los términos que disponga el planeamiento urbanístico y, en su caso, el territorial; salvo
que se justifique que la intervención es asimilable a una infraestructura pública, en cuyo
caso no sería necesario tramitar dicha calificación previa, de acuerdo con lo recogido en
el artículo 25.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio. Se ha dado traslado al promotor, el cual
justifica el cumplimiento de la normativa urbanística. Asimismo, declara que se ha
iniciado el procedimiento de aprobación del Plan Especial de Infraestructuras,
habiéndose aprobado inicialmente en la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de
Madrid en su sesión del 27 de octubre de 2022. Se da traslado al organismo, el cual no
emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del
artículo 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de
Loeches, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 131.1 y 146.1 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido
sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 8 de junio de 2023 en
el «Boletín Oficial del Estado», el 6 de junio de 2023 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid», el 8 de junio de 2023 en el diario ABC, con la exposición al
público del 30 de mayo de 2023 al 11 de julio de 2023 en el tablón de edicto del
Ayuntamiento de Loeches y del 30 de mayo de 2023 al 11 de julio de 2023 en el tablón
de edicto del Ayuntamiento de Arganda del Rey.
Se han recibido alegaciones de Envatios Promocion XIX, SL, Envatios Promoción
XXIV, SL y Envatios Fuencarral, SL, («Sociedades Envatios») que promueven los
parques fotovoltaicos Envatios XXIV – Fase I (con código PFot-510), Envatios XXIV –
Fase II (PFot-511), Envatios XXIV – Fase III (PFot-512), Envatios XXII-Fase II (PFot-549)
y Los Pradillos (PFot-550), en donde manifiestan su disconformidad con el proyecto por
posibles interferencias con las siguientes instalaciones de su titularidad: la línea a 220
KV «SE Borox Fuencarral-SE Envatios XXIV» y la línea a 30 kV de las plantas Envatios
XXIV Fase I y II. Estos proyectos disponen de autorización administrativa previa
otorgada por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio Para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico con fecha 21 de junio de 2023 para Envatios
XXIV – Fase I, Fase II y Fase III y 2 de agosto para Envatios XXII-Fase II y Los Pradillos.
Igualmente, los alegantes indican que están manteniendo reuniones con el promotor
para encontrar una solución óptima para todos los proyectos involucrados. Se ha dado
traslado al promotor el cual confirma su intención de llegar a un acuerdo con el alegante.

cve: BOE-A-2024-6364
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Núm. 78