III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-6364)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Varadero Solar, SLU, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Varadero Solar, de 47,71 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Arganda del Rey y Loeches (Madrid).
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 36587

actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de la Dirección General de Transportes y
Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid
y de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de
Economía de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su
conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Carreteras de la Consejería
de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, en la que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SA, (REE) en la que se
indica que cualquier afección a los vanos 28- 29, 29-30 y 30-21 de la línea aérea a 400
kV D/C Morata-SS.Reyes / Loeches-Morata, y de los vanos 185-186, 186-187, 187-188
y 188-189 de la línea aérea a 220 kV Arganda-Loeches deberá estar conforme al Real
Decreto 1955/2000 y al Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión
aprobado en Real Decreto 3151/1968, y, en su caso, la necesidad de solicitar
autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación
con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual presta conformidad. Posteriormente, el promotor envía
documentación con el detalle de las afecciones y las distancias a respetar. Se ha dado
traslado al organismo, que contesta prestando conformidad a la nueva disposición de
seguidores solares presentada por el promotor al cumplir con las distancias
reglamentarias. No obstante, se aclara que, una vez finalizada la construcción, se
deberán realizar las comprobaciones correspondientes para asegurar que las distancias
reales coinciden con las teóricas de la documentación enviada.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid en el que manifiesta su disconformidad con el proyecto de la
planta fotovoltaica Varadero Solar por afecciones sobre 29,2 hectáreas de cultivo leñoso
tipo olivar y 5 hectáreas de cultivo leñoso tipo viñedo. Por lo que no considera viable el
Plan Especial de Infraestructuras, recomendando una ubicación diferente. También
manifiesta que se deberá respetar el Dominio Público Pecuario que pueda estar afectado
por el proyecto y se atenderá a las consideraciones técnicas que se recogen en el
informe. Se ha dado traslado al promotor, que responde a todos los puntos de la
alegación, y propone llevar a cabo las medidas compensatorias, por imposibilidad de
cambio de ubicación, que han sido determinadas en coordinación tanto con la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, como con la Dirección General de
Biodiversidad de la Comunidad de Madrid. Por otro lado, presta conformidad al
condicionado técnico en relación con el Dominio Público Pecuario. Se da traslado al
organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en
virtud del artículo 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de
Madrid en donde analiza el Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística
presentado por el promotor, en cumplimiento de la condición 1.2.3.2. Flora, vegetación y
hábitats de interés comunitario de la DIA. Informa favorablemente sobre dicho

cve: BOE-A-2024-6364
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 78