III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-6279)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 36247

Aplicación presupuestaria

2023

Euros

2024

Euros

Total

Euros

18.05.241B.442

1.413.908,40

334.866,60

1.748.775,00

Así mismo, las acciones formativas que se imparten en el marco de este convenio
serán objeto de publicidad.
La ejecución de las acciones objeto de financiación con cargo a este convenio
deberán quedar finalizadas en su totalidad a 30 de septiembre de 2024, incluyendo todas
las fases del procedimiento de gestión de gastos asociados a que hace referencia el
artículo 73 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, general presupuestario.
Quinta.

Justificación económica.

La Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el
Empleo deberá justificar, antes del 31 de diciembre de 2024 los gastos derivados de la

cve: BOE-A-2024-6279
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, la Orden EFP/942/2022 en su anexo I establece la cuantía de los módulos
económicos máximos, establece que el módulo específico máximo para calcular la
cuantía de la subvención a los centros o entidades formativas para la financiación de los
costes de la actividad del tutor del módulo de formación práctica en centros de trabajo
será de tres euros por alumno y hora de práctica en centros de trabajo.
Esta subvención se concede de forma directa, de conformidad con el artículo 45 del
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional, y, por consiguiente, al tratarse de una subvención cuyo
otorgamiento o cuantía viene impuesto a la Administración por una norma de rango legal
por el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
se canaliza a través de este convenio y de la resolución de la Secretaría General de
Formación Profesional por la que se acuerde su concesión.
Esta subvención será compatible con aquellas que se puedan percibir para la misma
finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, el importe de las
subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la
actividad subvencionada.
Asimismo, la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo no estará obligada a la presentación de avales o garantías para
responder, con carácter previo, de la correcta aplicación de las subvenciones, según el
régimen general de garantías de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2.a) del
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La concesión de subvenciones por parte del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes estará condicionada a la existencia de disponibilidades
presupuestarias por parte de dicho Ministerio, provenientes de la correspondiente
reserva de crédito establecida en la normativa presupuestaria de cada ejercicio. A los
efectos del presente convenio, conforme al Acuerdo por el que se formaliza la
distribución por Departamentos Ministeriales del Presupuesto General del Estado
para 2023 y 2024, las subvenciones para acciones formativas se financiarán con cargo a
la aplicación presupuestaria 18.05.241B.442 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes para el ejercicio 2023 y 2024.
El importe total que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se
obliga a comprometer en las subvenciones derivadas del desarrollo de las acciones
formativas previstas en el convenio ascenderá a la suma de un millón setecientos
cuarenta y ocho mil setecientos setenta y cinco euros (1.748.775,00 €), realizando la
siguiente distribución por anualidades de los créditos: