III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-6279)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 36250

personales podrán ejercitar ante los responsables o los encargados del tratamiento de
los datos personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de
los datos personales, y de limitación u oposición al tratamiento.
Sobre la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para
el Empleo y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes recaen las
responsabilidades que deriven de la condición de responsables del tratamiento de datos
personales. La Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes asumen
la obligación de informar a los interesados sobre las características del tratamiento de los
datos personales, y las obligaciones que se deriven de la implantación de medidas
técnicas y organizativas de cada corresponsable y el mecanismo establecido en caso de
violaciones de seguridad; así como el establecimiento de los oportunos mecanismos de
respuesta al ejercicio de derechos por parte de los interesados.
Sobre la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para
el Empleo y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes recaen las
responsabilidades que deriven de la condición de encargados del tratamiento de datos
personales, si destinasen o tratasen los datos personales a finalidad distinta de la
prevista en el presente convenio de colaboración, los comunicaran o los utilizaran
incumpliendo lo estipulado en el convenio de colaboración y/o la normativa de protección
de datos personales, cada uno de los antes citados responderá de las consecuencias
que deriven de los daños y perjuicios en que pueda haber incurrido, a fin de garantizar la
indemnización efectiva del interesado, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5
RGPD europeo.
Octava.

Comisión Mixta del convenio.

Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y
de los compromisos adquiridos, y al objeto de garantizar la adecuada coordinación entre
el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Entidad Estatal de
Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, se creará la
Comisión Mixta para la coordinación y seguimiento de este convenio.
La Comisión Mixta estará compuesta por dos representantes de la Secretaría
General de Formación Profesional y dos representantes de la Entidad Estatal de
Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
Por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes los representantes
serán:
a) La persona titular de la Subdirección General de Planificación y Gestión de la
Formación Profesional.
b) Un funcionario con nivel 26 o superior de puesto de trabajo, que actuará como
Secretario.
Por parte del Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo los representantes serán:

La Comisión Mixta estará presidida por la persona titular de la Subdirección General
de Planificación y Gestión de la Formación Profesional.
Los miembros de esta Comisión Mixta podrán acudir asistidos por cuantos técnicos
se estimen necesarios.
En caso de ausencia, tanto el presidente como los demás integrantes de la Comisión
Mixta, podrán ser sustituidos por las personas que designen cada una de las partes.
La Comisión Mixta se reunirá, al menos, anualmente o, con carácter extraordinario, a
petición de cualquiera de las partes.

cve: BOE-A-2024-6279
Verificable en https://www.boe.es

a) La Directora-Gerente de la Entidad.
b) La Jefa del Área de Formación para el Empleo y la Inserción Laboral.