III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Acoso sexual. (BOE-A-2024-6273)
Real Decreto 247/2024, de 8 de marzo, por el que se aprueba el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024

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El Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, tipifica como falta muy
grave toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico,
religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, lengua, opinión, lugar
de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o
social, así como el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones,
discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso moral (artículo 95.2.b).
Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad
sexual (LOGILS), relativo a la «Prevención y sensibilización en la Administración Pública,
los organismos públicos y los órganos constitucionales» (artículo 13).
El Criterio Técnico de la Inspección de Trabajo núm./69/2009, sobre actuaciones de
la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de acoso y violencia en el trabajo
y acoso sexual, así como las referencias al acoso sexual y por razón de género incluidas
en el Criterio Técnico de la misma núm. 104/2021 sobre actuaciones de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social en Riesgos Psicosociales.
Por otra parte, el acoso sexual está tipificado como sanción muy grave en el Real
Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de
la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Otras normativas con referencia al acoso sexual son:
– La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
– La Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
– La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosoadministrativa.
– La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en materia de legitimación.
– La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
– El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
El Pacto de Estado contra la violencia de género incluye medidas relativas a las
violencias sexuales, en concreto, el Informe de la Subcomisión del Congreso para el
Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, aprobado por el Pleno del Congreso
el 28 de septiembre de 2017, incluye medidas relativas a las violencias sexuales, incluido
el acoso en el eje 8 y una medida específica sobre protocolos contra el acoso
sexual (media 77).
El III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en
los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, aprobado mediante de
Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 contempla la elaboración de un nuevo
Protocolo de actuación contra el Acoso Sexual como medida 9 del eje 1, al que, por
tanto, da respuesta y cumplimiento el presente protocolo.

La igualdad de género es un valor central de la Unión Europea y un derecho
fundamental, así como un principio del pilar de derechos sociales de la Unión Europea.
El artículo 8 del tratado, de Funcionamiento de la Unión Europea declara que: «En todas
sus acciones, la Unión se fijará el objetivo de eliminar las desigualdades entre el hombre
y la mujer y promover su igualdad».
La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea consagra
específicamente el derecho a no sufrir discriminación por razón de sexo. La
Recomendación de la Comisión 92/131/CEE, de 27 de noviembre, relativa a la
protección de la dignidad de la mujer y del hombre en el trabajo, ya recoge un «Código
de conducta sobre las medidas para combatir el acoso sexual».
La Directiva 2006/54/CE relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato
entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación recoge las definiciones de
acoso sexual, acoso por razón de sexo y otras cuestiones horizontales aplicables a toda

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