III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Acoso sexual. (BOE-A-2024-6273)
Real Decreto 247/2024, de 8 de marzo, por el que se aprueba el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024

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Negociación de la Administración General del Estado, es el instrumento a través del cual
se procede a la aprobación formal del «Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al
acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y los
organismos públicos vinculados a ella», en cumplimiento de lo previsto en la disposición
final sexta de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.
Igualmente, de conformidad con la ya citada disposición final sexta, la aplicación del
protocolo tendrá lugar en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública y de la Ministra de Igualdad, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 8 de marzo de 2024,
DISPONGO:
Primero.
Aprobar el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de
sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos,
que se incluye como anexo al presente real decreto.
Segundo.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de marzo de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,

cve: BOE-A-2024-6273
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FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA