I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fondo Español de Garantía Agraria. (BOE-A-2024-6217)
Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024
Disposición derogatoria única.

Sec. I. Pág. 36078

Derogación normativa.

1. Queda derogado el Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.
2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se
opongan a lo establecido en el presente real decreto.
Disposición final primera.

Facultades de aplicación y desarrollo.

Se faculta a la persona titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para
dictar cuantas disposiciones de carácter general resulten necesarias para el desarrollo y
aplicación de este real decreto.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 27 de febrero de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,

cve: BOE-A-2024-6217
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FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA