III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-6215)
Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican procedimientos de operación eléctricos para la participación de la demanda y el almacenamiento en los servicios de no frecuencia y en la solución de restricciones técnicas e integración de la hibridación de tecnologías en el proceso de programación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de marzo de 2024

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– La mejor información disponible en relación con:
● Indisponibilidades tanto programadas como sobrevenidas que afecten a elementos
de red.
● Indisponibilidades tanto programadas como sobrevenidas que afecten a las
unidades físicas de generación y adquisición.
– La demanda se considerará distribuida en los diferentes nudos del modelo de red
utilizado por el OS para la realización de los análisis de seguridad. Esta distribución de la
demanda por nudos la efectuará el OS, utilizando como soporte para ello las
aplicaciones de los sistemas de gestión de energía, y las aplicaciones informáticas y
Bases de Datos específicamente diseñadas para los análisis y la solución de las
restricciones técnicas.
b) Análisis de seguridad. Sobre las bases anteriormente indicadas, el OS efectuará
los análisis de seguridad necesarios para todo el horizonte de programación e
identificará las restricciones técnicas que afecten al PDBF, de acuerdo con los criterios
de seguridad, calidad y fiabilidad contenidos en el procedimiento de operación por el que
se establecen los criterios de funcionamiento y seguridad para la operación del sistema
eléctrico.
Los casos de estudio utilizados para la realización de los análisis de seguridad del
PDBF serán puestos a disposición de los PM, en formato RAW de la aplicación PSS/E,
una vez transcurrido el periodo de tiempo establecido, en su caso, por razones de
confidencialidad de la información, tal y como se indica en el procedimiento de operación
por el que se establecen los intercambios de información relativos al proceso de
programación.
c) Solución de restricciones técnicas. Antes de proceder a la solución de las
restricciones técnicas identificadas en el sistema eléctrico español, el OS resolverá, en
su caso, las congestiones identificadas en el PDBF que afecten a las interconexiones
con los sistemas eléctricos vecinos sin mecanismo coordinado de gestión de la
capacidad de intercambio, con arreglo a lo establecido en la normativa y en los
procedimientos de operación vigentes.
Una vez verificada la no existencia de congestiones en las interconexiones
internacionales en las que no está implantado un sistema coordinado de gestión de la
capacidad de intercambio, el OS analizará las condiciones de seguridad del sistema
eléctrico peninsular español. En el caso de identificarse en el PDBF restricciones
técnicas internas al sistema eléctrico español, el OS estudiará para cada conjunto de
periodos de programación consecutivos en los que haya identificado restricciones
técnicas, las posibles soluciones que técnicamente las resuelvan con un margen de
seguridad adecuado.
6.1.2 Medios para la solución de las restricciones técnicas. Para resolver las
restricciones técnicas identificadas en el PDBF que afecten al sistema eléctrico
peninsular español, el OS podrá considerar modificaciones topológicas, la predisposición
de los sistemas de reducción de carga, y/o establecer incrementos o reducciones de la
energía programada en el PDBF.
a) Modificaciones topológicas con influencia en los flujos de potencia activa y
reactiva de la red de transporte. Mediante el empleo de cambios topológicos, cambios de
tomas de los transformadores desfasadores, modificaciones en el ajuste de los
dispositivos de control de flujo mediante electrónica de potencia, cambios en las tomas
de los transformadores de potencia, conmutación de reactancias y condensadores y
modificaciones en el ajuste de los equipos de control de tensión mediante electrónica de
potencia.
El OS tendrá en cuenta estas medidas topológicas disponibles en los análisis de
seguridad. Si durante la operación en tiempo real se detectan incumplimientos de los
criterios de seguridad, el OS activará las medidas topológicas previstas, siempre que su

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