III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-6196)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con ANF Autoridad de Certificación, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor, integrados en la Red CIRCE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35785

Se dotará al local, teniendo en cuenta los requerimientos y compatibilidades técnicas
que el CIRCE requiera, de la infraestructura de comunicaciones y del equipamiento
ofimático e informático preciso, y en particular:
– Instalación de las líneas de comunicación de voz y datos que resulten necesarias
para el funcionamiento del PAE.
– Instalación en los puestos de trabajo de equipos informáticos equipados para la
ejecución del PACDUE. La configuración mínima exigida se publicará de manera
actualizada en la web de CIRCE y el PAE electrónico.
– Material ofimático de uso común para los puestos de trabajo del PAE
(fotocopiadora, escáner, impresora y fax).
Sexta. Requisitos de personal.
Para la prestación de los servicios de información y asesoramiento contemplados en
la cláusula cuarta, el personal adscrito al PAE tendrá los conocimientos necesarios. La
DGEIPYME podrá requerir que el personal adscrito al PAE realice una prueba de
conocimientos en el entorno de formación habilitado al efecto antes de autorizarlo a
utilizar CIRCE. Si de la actuación del personal adscrito al PAE resultara evidente su falta
de los conocimientos necesarios, la DGEIPYME podrá revocar esta autorización.
Las características del personal adscrito responderán al siguiente perfil:
– Titulación Media, Superior o similar.
– Experiencia en información a las empresas.
– Conocimientos de los procedimientos administrativos necesarios para la creación,
cese y ejercicio de la actividad de empresas.
– Conocimientos acerca de la temática empresarial (aspectos mercantiles, laborales,
fiscalidad, financiación, planes de empresa, etc.).
– Conocimientos sobre las políticas e instrumentos de apoyo a la PYME, tanto en el
ámbito estatal, como autonómico y de la Unión Europea.
– Experiencia en búsqueda y selección de información de utilidad para las PYME.
– Experiencia en el manejo de herramientas informáticas para la adquisición y
tratamiento de la información, así como de consulta y comunicación en internet.
El PAE deberá contar asimismo con personal técnico cualificado capaz de resolver
aquellas incidencias relacionadas con el funcionamiento de los sistemas informáticos del
PAE en su relación con el sistema CIRCE.
Coordinador de la entidad y responsable del PAE.

La entidad designará a un coordinador de la entidad en materia de PAE. En caso de
cambio de coordinador, la entidad deberá comunicar los datos del nuevo coordinador.
Así mismo para cada PAE que se establezca se designará un responsable de PAE.
En caso de cambio de responsable de PAE, el PAE deberá comunicar los datos del
nuevo responsable de PAE.
El responsable del PAE será la persona a la que la DGEIPYME o el Centro de
Asistencia a Usuarios (CAU) del CIRCE dirigirán los comunicados, avisos e informaciones
relativos al funcionamiento de la red y del sistema CIRCE, sin perjuicio de que pueda
haber comunicaciones puntuales con cualquier técnico del PAE por razón de su trabajo.
El responsable del PAE deberá comunicar los datos del resto del personal adscrito al
PAE.
Octava.

Presupuesto.

El presente convenio no tiene contenido económico para ninguna de las partes.

cve: BOE-A-2024-6196
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.