III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-6196)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con ANF Autoridad de Certificación, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor, integrados en la Red CIRCE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024
B.

Sec. III. Pág. 35784

Serán servicios opcionales los siguientes:

1. Información general dirigida a emprendedores relacionada con el ejercicio de la
actividad.
2. Realización de la tramitación para el ejercicio de la actividad mediante el sistema
de tramitación electrónica CIRCE y utilizando el PACDUE.
3. Información general dirigida a emprendedores relacionada con el cese de la
actividad.
4. Realización de la tramitación para el cese de la actividad mediante el sistema de
tramitación electrónica CIRCE y utilizando el PACDUE.
5. Información a los emprendedores que lo demanden sobre el estado de
tramitación de los procedimientos iniciados en su nombre. Esta información será
accesible en el PAE electrónico.
6. Notificación de los actos de trámite preceptivos y la resolución a los
emprendedores que así lo demanden de los trámites iniciados en su nombre y siempre y
cuando así lo permita el PAE electrónico.
7. Tutorización del plan de empresa que permita mostrar la viabilidad de la idea
empresarial mediante el uso del Plan de Empresa interactivo de la DGEIPYME, o de
cualquier otra herramienta que la DGEIPYME ponga a disposición de los
emprendedores.
8. Información general sobre la transmisión de empresas, así como la facilitación de
procesos de transmisión de empresas, actuando de manera neutral entre el comprador y
vendedor, utilizando para ello la aplicación de transmisión de empresas de la
DGEIPYME.
9. Información general sobre aspectos relacionados con la competitividad
empresarial, tales como la internacionalización, la I+D+i, la cooperación empresarial y la
propiedad industrial.
10. Realización de otras tramitaciones distintas de las anteriores mediante el
sistema de tramitación telemática CIRCE y utilizando el PACDUE, conforme la
DGEIPYME las implemente en el PAE electrónico.
Cada PAE que se constituya como consecuencia de este convenio asume todos los
compromisos contenidos en el mismo, en particular, la prestación de los servicios
obligatorios del apartado A. Además, comunicará a la DGEIPYME qué servicios
opcionales del apartado B prestará, pudiendo ampliar o disminuir con posterioridad
dichos servicios opcionales. Para ello, la DGEIPYME establecerá los medios electrónicos
oportunos para ello. En todo caso, la prestación de los servicios opcionales estará
también sujeta a los términos del presente convenio.
Los catálogos de servicios de los distintos PAE se publicarán en el PAE electrónico.
Los servicios, obligatorios u opcionales, consistentes en la realización de
tramitaciones mediante el sistema de tramitación telemática CIRCE y utilizando el
PACDUE tendrán carácter gratuito. El resto de servicios podrán prestarse con carácter
gratuito o mediante contraprestación económica, previa información suficiente al
emprendedor.

Los PAE se ubicarán en locales y espacios adecuados para el desarrollo de sus
funciones garantizando a los usuarios unos niveles adecuados de comodidad y
privacidad.
Para el cumplimiento de las funciones de tramitación, el PAE implantará el sistema
CIRCE, de acuerdo a las prescripciones técnicas publicadas en la web de CIRCE.

cve: BOE-A-2024-6196
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Infraestructura de los PAE.