III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6192)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial Información General, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35685

Cuadro 2
% Grado
Consolidación
Cumplimiento

% Grado
Consolidación
Cumplimiento

% Grado
Consolidación
Cumplimiento

% Grado
Consolidación
Cumplimiento

% Grado
Consolidación
Cumplimiento

101 %

0,51 %

111 %

0,61 %

121 %

0,71 %

131 %

0,81 %

141 %

0,91 %

102 %

0,52 %

112 %

0,62 %

122 %

0,72 %

132 %

0,82 %

142 %

0,92 %

103 %

0,53 %

113 %

0,63 %

123 %

0,73 %

133 %

0,83 %

143 %

0,93 %

104 %

0,54 %

114 %

0,64 %

124 %

0,74 %

134 %

0,84 %

144 %

0,94 %

105 %

0,55 %

115 %

0,65 %

125 %

0,75 %

135 %

0,85 %

145 %

0,95 %

106 %

0,56 %

116 %

0,66 %

126 %

0,76 %

136 %

0,86 %

146 %

0,96 %

107 %

0,57 %

117 %

0,67 %

127 %

0,77 %

137 %

0,87 %

147 %

0,97 %

108 %

0,58 %

118 %

0,68 %

128 %

0,78 %

138 %

0,88 %

148 %

0,98 %

109 %

0,59 %

119 %

0,69 %

129 %

0,79 %

139 %

0,89 %

149 %

0,99 %

110 %

0,60 %

120 %

0,70 %

130 %

0,80 %

140 %

0,90 %

150 %

1,00 %

Fase 1.1

Multiplicadores.

Siempre y cuando se haya alcanzado un resultado por encima del 80 % del objetivo
de Grupo mercantil, adicionalmente será de aplicación un multiplicador que está basado
en el cumplimiento del 100 % del objetivo propio de cada Sociedad y que actuara en
función del grado de consecución del mismo. Dicho coeficiente será de aplicación a la
tabla establecida en el apartado A (cuadro 1). Fase 1 de cumplimiento de objetivo en el
punto d) con la posibilidad de que la aplicación del multiplicador alcance el +125 %.
El objetivo específico de cada Sociedad que operará como multiplicador se
establecerá anualmente por la Dirección, y al mismo tiempo que el objetivo de negocio
para todo el Grupo mercantil.
Cuadro 3
Cumplimiento

Sobrecumplimiento-aplicación de multiplicadores de sociedad

% grado cumplimiento

% retribuciones variables

80 %

0,65 %

0,68 %

0,72 %

0,75 %

0,78 %

0,81 %

85 %

0,80 %

0,84 %

0,88 %

0,92 %

0,96 %

1,00 %

90 %

0,90 %

95 %

0,95 %

1,00 %

1,05 %

1,09 %

1,14 %

1,19 %

100 %

1,25 %

1,31 %

1,38 %

1,44 %

1,50 %

1,56 %

110 %

115 %

120 %

125 %

x 105 % 0,95 % x 110 % 0,99 % x 115 % 1,04 % x 120 % 1,08 % x 125 % 1,13 %

Fase 2. Sobrecumplimiento del objetivo se estructura en dos fases.

Solo se activa a partir de la superación del 100 % del cumplimiento del objetivo de la
fase 1.
Sobrecumplimiento.
a) En caso de sobrecumplimiento del objetivo de negocio, se generará una bolsa de
dinero equivalente al 30 % del resultado que exceda del objetivo. Esto quiere decir, que
de la cantidad que exceda del objetivo las personas trabajadoras obtienen una bolsa
del 30 % de ese margen adicional (con el límite del apartado b) siguiente).

cve: BOE-A-2024-6192
Verificable en https://www.boe.es

B.

105 %