III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6192)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial Información General, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35679

Conocimiento técnico: Dominio de un conocimiento especializado de su área
profesional con una competencia y solvencia técnica que le permite de forma sistemática
asesorar o ejecutar sus funciones y responsabilidades.
Grado de autonomía: Sujeto a prácticas y procedimientos claramente definidos,
proponiendo desarrollos metodológicos o prácticas de mejora de su actividad con la
aprobación de su superior. Los resultados son objeto de supervisión periódica antes,
durante y después de su consecución.
A la firma del presente convenio Colectivo los puestos de trabajo que se incluyen en
este Grupo 2 son: Redactor/a, técnicos/as, comercial y coordinador/a de publicidad.
Redactor/a: es el periodista que asume los cometidos propios de información
literaria, gráfica o audiovisual correspondiente a la sección a la que esté asignado,
siguiendo las indicaciones del jefe de la misma y conforme a las prácticas y códigos de la
profesión periodística.
Técnico/a de servicios: es el profesional que realiza las tareas de su sección, por su
experiencia profesional y conocimientos técnicos actúan con autonomía y tienen
capacidad para tomar decisiones. Incluye áreas técnicas (Diseño y Control de
Producción, Sistemas y Programación) … y de gestión (Planificación y Gestión, RR.HH.,
Servicios Generales…).
Técnico/a: es el profesional que realiza tareas de carácter operativo utilizando los
equipos, máquinas y herramientas necesarias para la realización de su cometido, con
conocimientos adecuados para el ejercicio de la actividad. No tienen personal a su cargo
y no ejercen autonomía en la toma de decisiones más allá de las funciones propias de su
puesto.
Comercial: es aquel que realiza labores de carácter comercial, tanto para la
prospección de nuevos clientes como mantenimiento de los ya existentes, bajo las
directrices marcadas por la Dirección comercial.
Promotor/a de Publicidad: es aquel que realiza labores de carácter comercial, sin
personas a su cargo, tanto para la prospección de nuevos clientes como mantenimiento
de los ya existentes, bajo las directrices marcadas por la dirección comercial.
Secretario/a Dirección: Son aquellos profesionales cualificados con idiomas, que
realizan funciones de asistencia y apoyo con discreción, a los directores cuyo soporte
tenga encomendado, realizando sus funciones con autonomía y capacidad de toma de
decisiones en el ámbito de su responsabilidad.
Secretaria de Redacción: Dar soporte administrativo a la redacción según las
directrices de la Dirección con el objetivo de facilitar su gestión. (Organización de viajes
solicitud de credenciales, contactar con fuentes, proveedores, etc.).
Grupo 3: Soporte Técnico y Administrativo.
Desarrollan su actividad, bajo la supervisión de mandos o profesionales de más alta
cualificación, ejecutando trabajos de soporte centrados en la realización de tareas y
rutinas cualificadas dentro de procedimientos definidos.
Desarrollan trabajos estandarizados y dentro de un marco de iniciativa y
responsabilidad delimitado por la naturaleza de sus actividades y tareas.
Prestan soporte técnico o administrativo tanto dentro como fuera de su unidad con
comprensión a nivel teórico o práctico de su campo de trabajo.
Horizonte temporal de actuación a resultados: diaria/semanal.
Complejidad: Identifican problemas sencillos y toman acciones pertinentes para
resolverlos, aplicando prácticas básicas de solución de problemas en uno o varios
procesos o rutinas de trabajo.
Conocimiento técnico: Conocimientos básicos y experiencia relevante en el uso
adecuado de herramientas y equipos comunes.
Grado de autonomía: Actúa de acuerdo a rutinas y procesos estandarizados,
aplicando reglas escritas, experiencias e instrucciones y sujeto a una supervisión muy
cercana, para la obtención de resultados claros, esperados y predecibles.

cve: BOE-A-2024-6192
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Núm. 76