I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-6087)
Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

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administrativas. En consecuencia, cumple con los principios de buena regulación a los
que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Cultura, a propuesta del Ministro para la
Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 26 de marzo de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1.

Organización general del departamento.

1. El Ministerio de Cultura es el departamento de la Administración General del
Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos
estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades
cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la
promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación
cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
2. El Ministerio de Cultura, bajo la superior dirección de la persona titular del
departamento, desarrolla las funciones que legalmente le corresponden a través de los
siguientes órganos superiores y directivos:
a) La Secretaría de Estado de Cultura, de la que dependen los siguientes órganos
directivos:
1.º La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
2.º La Dirección General de Derechos Culturales.
3.º La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
b)

La Subsecretaría de Cultura, de la que depende la Secretaría General Técnica.

a) La dirección, coordinación y asesoramiento en materia de relaciones
internacionales y cooperación técnica del ámbito competencial del departamento, sin
perjuicio de las competencias de otros Ministerios y en particular del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en la materia.
b) El ejercicio, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación de las competencias en relación con los organismos
internaciones y con la Unión Europea en las materias propias del departamento no
expresamente asignadas a otros órganos directivos.
c) La participación en la preparación de tratados, e instrumentos internacionales,
acuerdos internacionales administrativos y acuerdos no normativos en materia de

cve: BOE-A-2024-6087
Verificable en https://www.boe.es

3. Como órgano de apoyo político y técnico a la persona titular del Ministerio existe
un Gabinete, con nivel orgánico de Dirección General, con la estructura que se establece
en el artículo 23.2 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.4 del citado Real Decreto 1009/2023,
de 5 de diciembre, existirá en el Gabinete una unidad de comunicación, al frente de la
cual estará uno de los asesores o asesoras del Gabinete, que será responsable de la
comunicación oficial del departamento, al que corresponderá dirigir y mantener las
relaciones informativas con los medios de comunicación social y difundir la información
de carácter general del departamento. Esta unidad es también la encargada de
determinar la estrategia de comunicación del Ministerio en redes sociales.
4. De la persona titular del Ministerio de Cultura depende también la Subdirección
General de Relaciones Internacionales y Unión Europea, a la que corresponde el
ejercicio de las siguientes funciones: