I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-6087)
Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 35374

g) La coordinación de la propuesta de las iniciativas legislativas o reglamentarias
del departamento a incorporar al Plan Anual Normativo de la Administración General del
Estado, y la coordinación e impulso de su ejecución.
h) Las actuaciones relacionadas con la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de actos y disposiciones del departamento.
i) El conocimiento, seguimiento y coordinación de la tramitación de los convenios
entre el departamento o las entidades y organismos adscritos o dependientes del mismo,
y cualesquiera otros sujetos de Derecho Público o de Derecho Privado. En todo caso, le
corresponderá recabar los informes o autorizaciones de otros departamentos.
j) La propuesta del programa editorial del departamento y, en su caso, la edición y
la distribución o difusión de sus publicaciones.
k) La dirección, organización y gestión del Servicio de Documentación y Biblioteca,
y del Archivo Central del departamento.
l) El ejercicio de las funciones de la Unidad de Información de Transparencia del
ministerio, según lo previsto en el artículo 21 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el apoyo en la
coordinación de las iniciativas en materia de Gobierno abierto en el ámbito del Ministerio.
m) La coordinación y la supervisión de la política de protección de datos en
cumplimiento de la normativa aplicable en esta materia en el ámbito de las competencias
del departamento.
n) La dirección y organización de las Oficinas de asistencia en materia de registro
del departamento y de atención a la ciudadanía.
ñ) La coordinación y publicación de los contenidos digitales del Portal del
departamento y de los portales pertenecientes a centros directivos del ministerio, así
como la publicación de contenidos correspondientes al departamento en otros portales
de la Administración.
o) El protectorado de las fundaciones de competencia estatal, sin perjuicio de lo
establecido en la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones
bancarias.
p) La planificación, impulso, coordinación y, en su caso, elaboración de las
estadísticas en el ámbito competencial del departamento; la formulación del Plan
Estadístico Nacional y de los programas anuales que lo desarrollan en el ámbito del
departamento y la coordinación institucional y las relaciones en materia estadística con el
Instituto Nacional de Estadística, con otros departamentos ministeriales, con otras
administraciones públicas y con los organismos internacionales. Asimismo, le
corresponde la promoción, elaboración y difusión de las estadísticas y estudios que se
consideren de interés para el departamento y el impulso del aprovechamiento estadístico
de los registros administrativos.
q) La tramitación y propuesta de resolución de los recursos administrativos
interpuestos contra actos del departamento y, en defecto de atribución expresa a otro
órgano, de sus organismos autónomos; así como la tramitación y propuesta de
resolución de los requerimientos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
r) La tramitación y propuesta de resolución de las reclamaciones de
responsabilidad patrimonial contra el departamento y, en defecto de atribución expresa a
otro órgano, de las formuladas contra los organismos públicos adscritos al Ministerio
siempre que su resolución corresponda al titular del departamento.
s) La tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de revisión de
oficio y de declaración de lesividad, cuando se refieran a actos o disposiciones del
departamento.
t) La tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de ejercicio del
derecho de petición.
u) Las relaciones con los juzgados y tribunales de los órdenes contenciosoadministrativo, civil y penal, a efectos de remisión de los expedientes y documentación
que soliciten, la recepción de sus notificaciones y la comunicación a los órganos

cve: BOE-A-2024-6087
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Núm. 76