I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Fuerzas Armadas. Cuerpos Generales y de Infantería de Marina. (BOE-A-2024-6083)
Orden DEF/278/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de marzo de 2024

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necesidad y eficacia, pues se trata de un instrumento necesario y adecuado para servir
al interés general.
En cuanto al principio de proporcionalidad, la disposición contiene la regulación
imprescindible para atender a la necesidad perseguida, que además no implica ninguna
restricción de derechos para sus destinatarios.
De igual modo, la norma garantiza la seguridad jurídica al ejercerse de manera
coherente con el resto del ordenamiento jurídico para generar un marco normativo
integrado y estable, y es conforme a las exigencias del principio de transparencia ya que
sus objetivos están claramente definidos. Así durante la tramitación, este proyecto fue
informado por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de
Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley
Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas
Armadas y se ha dado conocimiento de la misma al resto de asociaciones profesionales
inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas
Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio.
Asimismo, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha
sido informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. Finalmente, se ha
sustanciado el trámite de audiencia e información pública de conformidad con el
artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
En su virtud, y de conformidad con el artículo 8.7 del Real Decreto 309/2021, de 4 de
mayo, dispongo:
Artículo único. Aprobación.
Se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el
ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de
suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, cuyo texto se inserta a
continuación.
Disposición adicional primera. Aplicación de la normativa por la que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional.
1. A esta orden ministerial le será de aplicación la normativa por la que se
desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
2. A las plazas que se convoquen en el real decreto anual de provisión de plazas
para las formas de ingreso directo y por promoción interna sin exigencia de titulación de
técnico superior, en la convocatoria anual les serán de aplicación los requisitos y vías de
acceso que se establezcan en dicha disposición, conforme a las condiciones de acceso
que se establecen en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica
la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación.
3. En el caso de no existir el número suficiente de aspirantes para cubrir las plazas
convocadas en cualquiera de las vías a las que hace referencia el apartado anterior,
éstas se podrán acumular de una a otra, conforme se establezca en la correspondiente
convocatoria.
Disposición adicional segunda.

Cuadro médico de exclusiones.

1. El cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes
militares de formación será el aprobado por la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, por la
que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros
docentes militares de formación.
2. En las correspondientes convocatorias se determinarán las especialidades
fundamentales que deberán cumplir, además, los requisitos establecidos para la
valoración psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad en
vuelo.

cve: BOE-A-2024-6083
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Núm. 76