III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-6046)
Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Caravaca de la Cruz, por la que se suspende la inmatriculación de finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Martes 26 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35076

Y a tal efecto, continua exponiendo tal documento privativo, se presentan certificados
catastrales de identidad gráfica en cuyo soporte electrónica se adjunta un doble GML
que metadata y corrige el error de desplazamiento catastral, haciéndose constar que
estas nuevas representaciones gráficas alternativas, que corrigen a la catastral dentro de
los márgenes de tolerancia técnica, respetan el trazado real de los caminos públicos, y
que los caminos que puedan quedar incluidos dentro de los límites de las fincas
georreferenciadas con caminos de propiedad privada trazados para el servicio exclusivo
de las mismas. Y que no se han invadido vías pecuarias ni barrancos o ramblas
pertenecientes a dominio público hidráulico. Y para el caso de que subsistan las dudas
del Registrador sobre la identidad de la finca, se solicita que el juicio de identidad de la
finca por parte del Registrador esté motivado y fundado en criterios objetivos y
razonados.
Además, respecto de la finca 7, en cuya representación gráfica catastral no se
aprecia deficiencias en el trazado de caminos ni barrancos, se ruega una motivación más
detallada de las dudas de identidad manifestadas por el Registrador, y si tales dudas se
refieren a una posible invasión de las parcelas colindantes se solicita la tramitación del
procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria como media para disipar tales
dudas.
Al mismo documento privado aportado, y formando parte del mismo, se acompañan
certificados catastrales de identidad de parcela, cuyo contenido se puede verificar en la
Sede Electrónica del Catastra con los siguientes códigos seguros de verificación:







(…), para la finca 1, parcela catastral 30028A038000110000YQ.
(…), para la finca 2, parcela catastral 30028A038000140000YT.
(…), para la finca 3, parcela catastral 30028A039000130000YA.
(…), para la finca 4, parcela catastral 30028A039000080000YH.
(…), para la finca 5, parcela catastral 30028A039000140000YB.
(…), para la finca 6, parcela catastral 30028A039000150000YY.

– Todas ellas cumplen los criterios de identidad gráfica.
– En ninguna de ellas existe aplicación de giro o desplazamiento.
– Respecto a la finca 1, la nueva representación gráfica aportada evita, en una
mínima parte, la invasión del camino colindante que hacía la representación gráfica
catastral por el Este, sin salvar el camino en su totalidad.
– Respecto a la finca 2, la nueva representación gráfica aportada evita, en una
mínima parte, la invasión del camino colindante que hacía la representación gráfica
catastral por el Oeste.
– Respecto a la finca 3, la nueva representación gráfica aportada intenta evitar la
invasión de la rambla que hacía la representación gráfica catastral por el Oeste
desplazándose al Este tal geometría.
– Respecto a la finca 4, la nueva representación gráfica aportada se recorta respecto
de la catastral en una mínima parte de su tramo que linda con la rambla.
– Respecto a la finca 5, la nueva representación gráfica aportada se recorta respecto
de la catastral en una mínima parte de su tramo que linda con la rambla, y en otra
mínima parte en otro tramo que linda con camino, pero sin salvarlo entero.
– Respecto a la finca 6, la nueva representación gráfica aportada intenta evitar la
invasión del camino colindante que hacía la representación gráfica catastral por el Oeste
y por el Este pero lo hace en una pequeña parte sin salvar el camino en su totalidad.

cve: BOE-A-2024-6046
Verificable en https://www.boe.es

Observada la planimetría contenida en los documentos catastrales citados en
comparación con la ortofotografía del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea existente en
la aplicación homologada de Bases Gráficas de este Registro, se observa lo siguiente: