II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Personal laboral. (BOE-A-2024-6002)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de Técnico/a Auxiliar de Audiovisuales.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Martes 26 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 34924

f) Quienes se presenten por el turno de promoción interna deben tener la condición
de personal laboral del Senado, encontrarse en situación de servicio activo o en
excedencia con derecho a reserva de puesto de trabajo, con al menos tres años de
servicio activo en la Cámara y no hallarse en situación de excedencia voluntaria por
interés particular o por incompatibilidad.
Las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos exigidos en la presente
convocatoria el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los
mismos hasta la formalización del contrato.
Si en algún momento del proceso selectivo la Comisión de selección tuviera
conocimiento de que algún o alguna aspirante no cumple uno o varios de los requisitos
exigidos por la presente convocatoria, o resultara que su solicitud y/o la documentación
anexa a la misma adolece de errores o falsedades, podrá acordar, previa audiencia de la
persona interesada, la exclusión de la misma. Si la persona excluida figurase en la
propuesta de contratación, ésta se podrá completar en los términos previstos en la base
decimotercera de la presente convocatoria.
Tercera.

Comisión de Selección.

La Comisión de selección respeta la presencia equilibrada de mujeres y hombres y
estará integrada por los siguientes miembros:
Presidenta: Excma. Sra. doña Eva Ortiz Vilella, Secretaria Primera del Senado.
Vocales:
– Ilma. Sra. doña Isabel María Abellán Matesanz, Secretaria General Adjunta para
Asuntos Administrativos de la Secretaría General del Senado.
– Ilma. Sra. doña Raquel Marañón Gómez, Directora de Recursos Humanos y
Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado.
– Ilmo. Sr. don Manuel Pereira González, Director de Tecnologías de la Información
y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado.
– Don Jorge Grence Ruiz, Jefe de Estudios Adjunto del IES Puerta Bonita.

La pertenencia a la Comisión de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
La Mesa del Senado podrá efectuar la designación o, en su caso, delegarla en la
presidencia de la Cámara, de quienes sustituyan a los/las titulares en caso de renuncia
justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función. El nombramiento de
nuevos miembros para sustituir a aquellos cuya abstención, recusación o renuncia sea
efectiva, sólo tendrá lugar si se produce antes de la celebración del primer ejercicio del
proceso selectivo. A partir de entonces, el nombramiento de nuevos miembros sólo
procederá si resultara imposible el quórum necesario para el funcionamiento válido de la
Comisión de selección.
La pérdida de la condición de parlamentario/a, como consecuencia de la disolución
de las Cámaras, no será obstáculo para que la senadora que forma parte de la Comisión
de selección mantenga la condición de integrante de la misma.
Quienes formen parte de la Comisión de selección deberán firmar una declaración en
la que manifiesten que no concurre ninguna de las causas de abstención previstas en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las personas
aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de selección en los términos
previstos en la citada norma.

cve: BOE-A-2024-6002
Verificable en https://www.boe.es

Secretarío: Don Carlos Octavio Florido Santana, Jefe de Proyecto del Área de
Atención Informática y Explotación de la Dirección de Tecnologías de la Información y de
las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado.