III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2024-6077)
Orden TDF/277/2024, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones de formación en competencias digitales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 26 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35299

3. Red.es mantiene un compromiso de cumplimiento de la legislación vigente en
materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la información con el objeto
de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza conforme al
Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos y de la normativa nacional
vigente en la materia. Por este motivo, se ofrece a continuación información sobre la
política de protección de datos aplicada a la gestión de subvenciones y el tratamiento
pagos:
a) Responsable del tratamiento: EPE Red.es, Plaza Manuel Gómez Moreno s/n,
28046 Madrid (España), delegado de protección de datos: protecciondedatos@red.es.
b) Finalidad del tratamiento: Los datos personales incorporados serán utilizados
exclusivamente para la gestión de la subvenciones y se conservarán mientras la
legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del
Patrimonio Histórico Español y al Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el
que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de
la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de
acceso).
c) Legitimación del tratamiento: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de
una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos
al responsable del tratamiento.
d) Destinatarios de los datos: No están previstas cesiones de datos salvo las
previstas legalmente y así como aquella cesión de datos que deba realizarse a las
Administraciones públicas implicadas y entidades colaboradoras en la gestión del
proyecto o programa.
e) Derechos sobre el tratamiento de datos: El beneficiario puede solicitar a Red.es
a través de su sede electrónica, el acceso, rectificación y supresión de sus datos
personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de
decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede
presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos
(https://sedeagpd.gob.es/).
f) Con la finalidad de dar adecuado cumplimiento al mandato establecido en la
letra d) del apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, en los términos previstos en el
artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, es necesario
identificar al perceptor final de los fondos.
g) Asimismo, los beneficiarios deberán remitir los datos de los destinatarios finales
que se requieran en el marco de cada convocatoria según el procedimiento indicado en
la misma, teniendo la consideración de encargado del tratamiento de datos y siendo
Red.es el responsable de los mismos. Sin perjuicio de lo anterior el beneficiario podrá
tener la consideración de responsable del tratamiento de datos en el caso de recabar los
datos para cumplir sus obligaciones dimanantes del desarrollo de la convocatoria de que
se trate. La naturaleza de los datos a tratar dará lugar a diferentes categorías de
tratamiento. Cada convocatoria establecerá el detalle de estos tratamientos.
Artículo 34. Fraudes e irregularidades.
Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos
de fraude o irregularidad en relación con las actividades desarrolladas en el marco de
estas subvenciones, financiadas con cargo a fondos procedentes de la Unión europea,
podrá poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación
Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado. Asimismo, pueden
dirigirse al canal interno de denuncias de Red.es, accesible desde la página web de la
Entidad.

cve: BOE-A-2024-6077
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Núm. 75