I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Presupuestos. (BOE-A-2024-5989)
Ley Foral 2/2024, de 13 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Martes 26 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 34888

Disposición final primera. Modificación de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la
Hacienda Pública de Navarra.
Uno. Se modifica el artículo 2, que quedará redactado en los siguientes términos:
«Artículo 2. Sector público foral.
A los efectos de esta ley foral forman parte del sector público foral:
a) La Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos
autónomos.
b) El Parlamento de Navarra y sus órganos dependientes.
c) El Consejo de Navarra.
d) La Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de
Navarra.
e) Las entidades públicas empresariales de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra.
f) Las sociedades públicas de la Comunidad Foral de Navarra, a tenor de lo
establecido en la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra.
g) Las fundaciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de
Navarra y de sus organismos públicos, de acuerdo con lo establecido en la Ley
Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de
Navarra y del sector público institucional foral.
h) Otros entes públicos de nueva creación, cuando la disposición que los
cree así lo disponga expresamente.
i) La Universidad Pública de Navarra, que se regirá por su normativa
específica y supletoriamente por las disposiciones de esta ley foral.»
Dos.

Se modifica el artículo 27, que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 27. Alcance Subjetivo.
Los Presupuestos Generales de Navarra estarán integrados por:

Tres. Se modifica el punto 2 del artículo 29, que quedará redactado en los
siguientes términos:
«2. Los documentos a que se refieren las letras d), e), f) y g) del artículo 27
contendrán la información prevista en el capítulo II de este Título.»

cve: BOE-A-2024-5989
Verificable en https://www.boe.es

a) El presupuesto de la Cámara Legislativa, el Defensor del Pueblo y la
Cámara de Comptos.
b) El presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral y de sus
organismos autónomos.
c) El presupuesto de los entes públicos de la Comunidad Foral, a los que se
refieren las letras c), d) y h) del artículo 2 de la presente ley foral.
d) Los estados financieros de previsión de las entidades públicas
empresariales.
e) Los presupuestos de operaciones corrientes y los de operaciones de
capital y financieras de las fundaciones públicas de la Comunidad Foral.
f) Los programas de actuación, inversiones y financiación y los estados
financieros de las sociedades públicas de la Comunidad Foral.
g) El presupuesto estimativo y la financiación de la Universidad Pública de
Navarra.»