I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Presupuestos. (BOE-A-2024-5989)
Ley Foral 2/2024, de 13 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2024.
53 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75
Martes 26 de marzo de 2024
Sec. I. Pág. 34885
especialidad e idioma, se establecerán en un decreto foral de modificación de la plantilla
orgánica con carácter previo a la convocatoria de las pruebas selectivas de ingreso.
3. Los miembros de los órganos de selección del personal a que se refiere la Ley
Foral 11/2022, de 4 de mayo, por la que se establecen medidas en materia de selección
y provisión de puestos de personal funcionario docente no universitario de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra, serán nombrados conforme a lo
dispuesto en la normativa estatal de ingreso en los Cuerpos docentes y estarán
formados prioritariamente por personal funcionario docente nombrado para el puesto de
trabajo docente objeto del proceso selectivo. En caso de que no haya suficiente personal
disponible del correspondiente puesto de trabajo, se designará a personal funcionario de
los cuerpos docentes o de puestos de trabajo afines.
Disposición adicional décima cuarta.
centros sanitarios.
Transferencias para el funcionamiento de los
La
distribución
del
importe
que
figura
en
la
partida
presupuestaria 547001-52300-4609-312200, denominada «Transferencias para el
funcionamiento de los centros sanitarios», cuyo destino es financiar los gastos de
funcionamiento de los Consultorios Locales y Auxiliares de Navarra de propiedad
municipal, se realizará en función de los módulos y cuantías máximas que anualmente
apruebe la persona titular de la Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, no
siéndole de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
En cualquier caso, estos módulos tendrán en cuenta la superficie y tipo de
consultorio.
El equipamiento de los consultorios locales se efectuará, en su caso, por el Servicio
Navarro de Salud-Osasunbidea.
Disposición adicional décima quinta.
estadística agraria.
Indemnizaciones por la colaboración en
El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente podrá indemnizar a las
personas colaboradoras en materia de estadística agraria por los gastos que les origine
su colaboración de acuerdo con las siguientes cuantías máximas, en euros/año:
Euros/año
Superficies anuales de los cultivos.
85
Producciones anuales de los cultivos.
85
Precios de la tierra.
Cánones de arrendamientos rústicos.
275
1.400
380
Precios semanales de productos agrícolas y ganaderos.
1.900
Precios percibidos por los agricultores/as y ganaderos/as.
1.200
Precios pagados por los agricultores/as y ganaderos/as.
655
Precios de productos de pequeña significación.
330
Salarios agrarios.
220
Cuentas macroeconómicas.
220
Meteorología-Completa.
1.440
Meteorología-Semicompleta.
1.275
Meteorología-Termopluviométrica con información de nieve.
1.070
cve: BOE-A-2024-5989
Verificable en https://www.boe.es
Evaluación de otras producciones ganaderas.
Núm. 75
Martes 26 de marzo de 2024
Sec. I. Pág. 34885
especialidad e idioma, se establecerán en un decreto foral de modificación de la plantilla
orgánica con carácter previo a la convocatoria de las pruebas selectivas de ingreso.
3. Los miembros de los órganos de selección del personal a que se refiere la Ley
Foral 11/2022, de 4 de mayo, por la que se establecen medidas en materia de selección
y provisión de puestos de personal funcionario docente no universitario de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra, serán nombrados conforme a lo
dispuesto en la normativa estatal de ingreso en los Cuerpos docentes y estarán
formados prioritariamente por personal funcionario docente nombrado para el puesto de
trabajo docente objeto del proceso selectivo. En caso de que no haya suficiente personal
disponible del correspondiente puesto de trabajo, se designará a personal funcionario de
los cuerpos docentes o de puestos de trabajo afines.
Disposición adicional décima cuarta.
centros sanitarios.
Transferencias para el funcionamiento de los
La
distribución
del
importe
que
figura
en
la
partida
presupuestaria 547001-52300-4609-312200, denominada «Transferencias para el
funcionamiento de los centros sanitarios», cuyo destino es financiar los gastos de
funcionamiento de los Consultorios Locales y Auxiliares de Navarra de propiedad
municipal, se realizará en función de los módulos y cuantías máximas que anualmente
apruebe la persona titular de la Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, no
siéndole de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
En cualquier caso, estos módulos tendrán en cuenta la superficie y tipo de
consultorio.
El equipamiento de los consultorios locales se efectuará, en su caso, por el Servicio
Navarro de Salud-Osasunbidea.
Disposición adicional décima quinta.
estadística agraria.
Indemnizaciones por la colaboración en
El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente podrá indemnizar a las
personas colaboradoras en materia de estadística agraria por los gastos que les origine
su colaboración de acuerdo con las siguientes cuantías máximas, en euros/año:
Euros/año
Superficies anuales de los cultivos.
85
Producciones anuales de los cultivos.
85
Precios de la tierra.
Cánones de arrendamientos rústicos.
275
1.400
380
Precios semanales de productos agrícolas y ganaderos.
1.900
Precios percibidos por los agricultores/as y ganaderos/as.
1.200
Precios pagados por los agricultores/as y ganaderos/as.
655
Precios de productos de pequeña significación.
330
Salarios agrarios.
220
Cuentas macroeconómicas.
220
Meteorología-Completa.
1.440
Meteorología-Semicompleta.
1.275
Meteorología-Termopluviométrica con información de nieve.
1.070
cve: BOE-A-2024-5989
Verificable en https://www.boe.es
Evaluación de otras producciones ganaderas.