II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2024-5906)
Resolución 512/2024, de 27 de febrero, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Sección Sanitario de Medicina Familiar y Comunitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 34421

La resolución de nombramiento se notificará a los interesados y se publicará en el
«Boletín Oficial del País Vasco» y en la página web de Osakidetza y contra la misma
podrá interponerse Recurso de alzada ante el Consejo de Administración del Ente
Público Osakidetza.
8.

Efectos de la adjudicación

El puesto de Jefatura de Sección dará lugar a nombramiento temporal por un plazo
de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28 Norma
Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio (BOPV n.º 138, de 21 de julio), de Ordenación
Sanitaria de Euskadi.
9.

Recursos contra la presente resolución

Contra la presente resolución podrá interponerse Recurso de alzada, ante el Consejo
de Administración del Ente Público Osakidetza, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de la fecha de la última de publicación en los Boletines Oficiales
correspondientes.
Vitoria-Gasteiz, 27 de febrero de 2024.–La Directora General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud, María Rosa Pérez Esquerdo.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN 512/2024, DE 27 DE FEBRERO, DE LA DIRECTORA
GENERAL DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
Baremo de méritos para la convocatoria de Jefatura de Sección Sanitaria de
Medicina Familiar y Comunitaria, con destino en la Unidad Apoyo Metodológico a
la Investigación de Atención Primaria
Baremo de méritos (máximo, 66 puntos).
La valoración de méritos constará de las siguientes fases:
I. Proyecto y su Defensa (máximo, 30 puntos)
Las personas aspirantes deberán presentar una la Memoria-Proyecto de
organización y funcionamiento del servicio/sección convocado, así como realizar su
exposición pública ante el tribunal calificador y responder a las preguntas que planteen
los miembros del Tribunal.
La puntuación de esta fase queda desglosada en los dos apartados siguientes:
a) La valoración del contenido de la Memoria-Proyecto de gestión del servicio/
sección presentada (máximo, 15 puntos).
La Memoria-Proyecto de gestión deberá desarrollar, al menos, los siguientes
apartados:
Apartado organizativo y de gestión (máximo, 7 puntos).

Organigrama del servicio/sección con indicación de las funciones tanto del puesto de
jefatura como del resto de puestos adscritos a la misma.
Interrelación del servicio/sección con otros servicios de la misma organización.
Plan de Gestión de la jefatura/sección con una definición de objetivos organizativos,
análisis y detección de las áreas de mejora e identificación de las medidas oportunas
para la consecución de las mismas. Junto a ello un compromiso o plan de utilización
eficiente de los recursos materiales, económicos y de personal asignados.
a.2

Apartado asistencial (máximo, 5 puntos).

cve: BOE-A-2024-5906
Verificable en https://www.boe.es

a.1