III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-5963)
Resolución 420/38086/2024, de 19 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Casa Salesiana Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, para apoyar la realización de la edición XXXVII del Premio Nacional Don Bosco.
7 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34601

De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes. No
obstante, en el supuesto de que se derivaran ingresos para el Ministerio de Defensa se
actuará según lo previsto en la Orden Ministerial 144/1998, de 18 de junio, por la que se
establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito del
Ministerio de Defensa.
Las aportaciones financieras que se comprometen a realizar las partes no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
No se abonarán nunca contra esta aplicación presupuestaria gastos
correspondientes a retribuciones ordinarias del personal que tenga una relación laboral
dependiente.
5.

Incumplimiento de las normas de justificación del gasto:

En el caso de que por parte de la Casa Salesiana Nuestra Señora del Pilar de
Zaragoza no se justificase debidamente el gasto de la totalidad de la cantidad
establecida en la cláusula tercera, únicamente se le transferirá la cantidad debidamente
justificada.
Quinta.

Medidas de control y seguimiento.

Se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, formada por dos representantes del
Ministerio de Defensa y otros dos representantes de la Casa Salesiana Nuestra Señora
del Pilar de Zaragoza, con el objeto de supervisar, coordinar y controlar la ejecución de
las actividades previstas en este convenio. La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá
cuantas veces sea necesario y, al menos, una vez durante la vigencia del convenio.
Todas las decisiones se tomarán por consenso.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento General de protección de datos (Reglamento UE2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE), y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se dicten.
Los datos personales que se traten en ejecución de este convenio se incorporarán a
los registros de actividades de tratamiento de las partes intervinientes, con la finalidad de
gestionar las relaciones descritas en él. Las partes intervinientes se abstendrán de hacer
ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario
para el cumplimiento de los fines de este convenio. Los titulares de los datos personales
podrán ejercitar sus derechos frente a cualquiera de los responsables del tratamiento los
derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y la
limitación u oposición a su tratamiento.
Sobre el Ministerio de Defensa y la Casa Salesiana Nuestra Señora del Pilar de
Zaragoza, en calidad de corresponsables, recaen las responsabilidades del tratamiento
de los datos personales. El Ministerio de Defensa y la Casa Salesiana Nuestra Señora
del Pilar de Zaragoza asumen que deben informar a los titulares de los datos personales
de las características del tratamiento de los datos personales; deben obtener el oportuno
consentimiento de los titulares de los datos personales para llevar a efecto su
tratamiento, consecuencia de las actuaciones que se contemplan en el convenio, y
también asumen las obligaciones derivadas de la obligación de implementar las
oportunas medidas técnicas y organizativas, y de la implementar el correspondiente
mecanismo en caso de violaciones de la seguridad de los datos personales; así como
establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por los titulares de los datos
personales de los derechos de protección de estos, y, si fuera necesario, el establecer un

cve: BOE-A-2024-5963
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Protección de datos de carácter personal.