III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5962)
Resolución 420/38085/2024, de 19 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas curriculares, tuteladas en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024
Duodécima.

Sec. III. Pág. 34594

Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones.

El incumplimiento de las obligaciones por cualquiera de las partes podrá, una vez
estudiado en el seno de la Comisión Mixta, ser motivo de resolución inmediata del
convenio.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio
de Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, Javier Salto
Martínez-Avial.–Por la Universidad Rey Juan Carlos, el Vicerrector de Investigación,
Innovación y transferencia, Fernando García Muiña, por delegación de firma del Rector,
Resolución de fecha 13 de enero de 2023.
ANEXO I
Programa de Cooperación
Primero. Prácticas.
El número de alumnos de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) que realizarán las
prácticas en las Unidades, Centros y Organismos (UCO), será fijado anualmente por el
Ejército del Aire y del Espacio (EA) y se hará llegar a la Universidad Rey Juan Carlos.
La duración de las prácticas será de entre uno (1) y tres (3) meses.
La incorporación de los alumnos en prácticas en las UCO no ocasionará gastos para
las partes.
Las enseñanzas, objeto de las prácticas, se determinarán por la Comisión Mixta y en
función de los intereses de la UCO objeto de las prácticas.
Segundo.

Alojamiento.

El alojamiento y manutención de los alumnos correrá a cuenta de éstos. El EA,
dentro de las limitaciones impuestas por la operatividad de las UCO, podrá conceder
alojamiento dentro de las instalaciones de las UCO a los alumnos, siempre que la
disponibilidad de alojamiento y las circunstancias así lo permitan. La solicitud de
alojamiento se realizará a través de la Comisión Mixta.
Tercero.

Permisos.

La concesión de permisos estará condicionada a lo establecido por la URJC para la
concesión de permisos y vacaciones durante la realización de prácticas académicas.
ANEXO II
Normas generales de aplicación a los alumnos en prácticas

1. Uso de las instalaciones mientras dure el periodo de prácticas: los alumnos
gozarán del acceso a las instalaciones donde desarrollan su actividad práctica,
pabellones y zonas recreativas de las Unidades, Centros y Organismos (UCO)
respetando en todo momento las áreas prohibidas determinadas en la misma. Así
mismo, se comprometerán a respetar y cumplir con las normas específicas que rigen en
dichas UCO.
2. Transporte: podrán utilizar sus vehículos particulares para los desplazamientos
por el interior de la instalación militar. A tal efecto, estarán sujetos a las normas en vigor
sobre autorizaciones de vehículos y, específicamente, a las normas de circulación de la
UCO.

cve: BOE-A-2024-5962
Verificable en https://www.boe.es

Primero. Aspecto social.