III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5962)
Resolución 420/38085/2024, de 19 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas curriculares, tuteladas en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34595

Con autorización expresa del jefe de la UCO, podrán utilizar los vehículos de uso
general de la UCO (si los hubiera), empleados para el transporte del personal militar o
civil autorizado, a la UCO o desde ella, conforme a los itinerarios y horarios establecidos
a tal fin. Esta autorización estará supeditada a la existencia de plazas libres en los
transportes establecidos.
3. Atención sanitaria: el servicio sanitario de la UCO podrá atender, en primera
instancia, y si la premura del caso lo exigiese, a los alumnos que precisen asistencia
sanitaria. Si necesitasen hospitalización u otro tratamiento más o menos prolongado, el
interesado recurrirá a la Seguridad Social o compañías privadas con los que estuvieran
asegurados. En cualquier caso, el Ministerio de Defensa (MINISDEF) declina cualquier
responsabilidad que pudiera derivarse de la citada atención inicial. Los alumnos deberán
llevar su tarjeta sanitaria en vigor.
4. Seguros y accidentes: considerando que el programa de cooperación referido al
anexo anterior es un periodo comprendido dentro de las actividades propias del alumno
en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), cualquier accidente que pueda ocurrir, tanto
dentro, como fuera de la UCO, correrá a cargo del seguro escolar y, en el caso de
alumnos no cubiertos por éste, por un seguro de riesgos personales y/o accidentes
individuales a suscribir por ellos mismos, cuya suscripción debe ser comprobada por la
URJC, la cual no podrá autorizar las prácticas de alumnos que no cuenten con dicha
cobertura, eximiendo al MINISDEF de toda responsabilidad.
Segundo.

Régimen interior.

1. Tarjetas de identificación: les será suministrada a los alumnos una tarjeta de
identificación similar a la del personal que presta sus servicios en la UCO. Esta, además
de llevar la fotografía del alumno, especificará las zonas en las que les está permitido el
acceso.
Dicha tarjeta será devuelta a los servicios de seguridad al finalizar el periodo de
prácticas.
2. Horario: el horario de prácticas se ajustará al horario habitual de trabajo del
personal destinado en la UCO.
3. Normas de régimen interior: al igual que en cualquier otra organización, las UCO
del Ejército del Aire y del Espacio (EA), pertenecientes al MINISDEF, se rigen por una
normativa cuyo cumplimiento garantiza el respeto a las personas y a los medios
materiales, facilitando la convivencia. Dicha normativa es de obligado cumplimiento,
haciéndose extensible al alumnado durante su permanencia en las mismas.
El EA se compromete a informar a los alumnos de las normas de régimen interior
propias de la institución militar, cuya inobservancia por parte de algún alumno podrá dar
lugar a la finalización de sus prácticas, previa audiencia del interesado y del
representante que corresponda de la URJC.
Tercero. Derechos y deberes de los alumnos.

a) A la tutela, durante el periodo de la correspondiente práctica, por personal militar
de la Unidad donde se realice la misma.
b) A la obtención de un informe por parte del MINISDEF donde ha realizado las
prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada y su duración.
c) A recibir, por parte del MINISDEF, información de la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
d) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente al MINISDEF.

cve: BOE-A-2024-5962
Verificable en https://www.boe.es

Durante la realización de las prácticas tuteladas, los estudiantes tendrán los
siguientes derechos: